Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos
Fecha de disposición | 18 Noviembre 2010 |
Fecha de publicación | 18 Noviembre 2010 |
Materia | Derecho Constitucional |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS
Se REFORMAN los artículos 3o., cuarto párrafo; 4o., penúltimo párrafo; 8o., fracción III; 17; 19-H, en su encabezado; 29, fracciones XI y XII; 29-D, fracciones IX, X y XI, y último párrafo del artículo; 29-E, en su encabezado y fracción XVII; 29-I, primer párrafo y actual sexto párrafo; 41, último párrafo; 60; 61; 130; 159, fracción II, segundo párrafo; 191-A, fracciones I, III, en su encabezado e inciso b) y VI; 194-T, fracción VIII; 194-T-4; 195-A, fracciones IV, VII y X, inciso a); 195-C, fracción III, inciso a); 195-G, fracción III, inciso c); 195-K-9; 195-K-10, en su encabezado; 226, primer párrafo; 227; 228, fracciones II, III y VI, y 229, en su encabezado y fracción III; así como la denominación de la Sección Segunda del Capítulo VII del Título I; se ADICIONAN los artículos 3o., con un último párrafo; 18-A, con un último párrafo; 29-G, con un último párrafo; 29-I, con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo a octavo párrafos a ser tercero a noveno párrafos, respectivamente; 30-A, con una fracción IX; 31-A, con una fracción IX; 131; 153, con un último párrafo; 154, fracción V, con un último párrafo; 155, fracción IV, con un último párrafo; 157, con un último párrafo; 161, con un último párrafo; 195-A, con una fracción XIII; 228, con las fracciones VII y VIII; 229, con un penúltimo y último párrafos, y 238-C, con un último párrafo, y se DEROGAN los artículos 14-A, último párrafo; 19, fracción VI; 19-1; 19-E, fracción VII; 19-H, fracciones I, III y V, y último párrafo; 26, fracciones I, inciso b), II, inciso c) y III, inciso b); 29-D, fracción XXI; 32; 33; 53-D; 53-E; 53-F; 53-I; 53-J; 61-A; 61-B; 61-C; 62; 64, fracción V; 65; 71; 77; 86-C, fracción III; 103; 135; 141-A, fracciones I y IV, incisos a), numeral 1 y b), numeral 1; 171-A, fracción I, incisos c) y d); 171-B; 171-C; 171-D; 171-E; 172-H; 179, fracción I; 185-A; 190-B, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y XII; 191-E; 192-C, fracciones I y II; 194-H, fracción VII; 195-B; 195-L-1; 195-L-2; 195-L-3; 195-S; 195-Z; 198-B; 226, segundo párrafo; 240, fracción X, y 282, fracción IV, de la Ley Federal de Derechos para quedar como sigue:
Cuando el pago de derechos deba efectuarse en una fecha posterior al inicio de la prestación del servicio o del otorgamiento del uso, goce, explotación o aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación, por tratarse de servicios continuos o porque así se establezca, se dejará de prestar el servicio o se interrumpirá el uso, goce, explotación o aprovechamiento de los bienes, si no se efectúa el pago de la totalidad de la cuota en los plazos que correspondan.
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Los beneficiarios de los destinos específicos a que se refiere esta Ley, estarán sujetos a lo previsto en el artículo 54, tercer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Cuando no se llenen los requisitos legales para la prestación de los servicios o para el otorgamiento del uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Federación, o se haya establecido alguna prohibición, el pago de los derechos correspondientes no implica necesariamente la prestación u otorgamiento de los mismos, en cuyo caso los derechos que se hayan pagado serán sin perjuicio de las multas que procedan.
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III. Visitante Persona de Negocios o Visitante Consejero ......................................... $261.89
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(Se deroga último párrafo).
la modalidad de Protección Internacional y Razones Humanitarias.
Los ingresos que se destinen al Fondo Nacional de Fomento al Turismo de conformidad con el primer párrafo de este artículo podrán ser utilizados para pago de adeudos generados con motivo de los financiamientos contratados para las inversiones en infraestructura a que se refiere dicho párrafo.
VI. (Se deroga).
VII. (Se deroga).
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Por el estudio, trámite y, en su caso, el otorgamiento de concesiones en territorio insular de jurisdicción federal, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. (Se deroga).
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III. (Se deroga).
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V. (Se deroga).
(Se deroga último párrafo).
I. .........................................................................................................................
b)...
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