Reforma al Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales de El Marqués, Qro.
Fecha de publicación | 14 Enero 2022 |
Fecha de disposición | 14 Enero 2022 |
Número de Gaceta | 03 |
14 de enero de 2022 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 947
GOBIERNO MUNICIPAL
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE EL MARQUES
2018-2021
C. ENRIQUE VEGA CARRILES, PRESIDENTE MUNICIPAL DE EL MARQUÉS, QRO., HACE SABER A SUS
HABITANTES, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30, FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 63, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE EL MARQUES; Y
C O N S I D E R A N D O:
El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el numeral 35 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, el Municipio es libre de constituir la división
territorial, organización política y administrativa como parte del Estado de Querétaro, facultándolo para aprobar,
de acuerdo con las leyes en materia municipal, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, siendo autónomo para
organizar la administración pública municipal; cuenta con autoridades propias, funciones específicas y libre
administración de su hacienda.
Dentro de los límites de su territorio tiene la potestad para normar las materias, procedimientos, funciones y
servicios públicos de su competencia, así como para establecer las autoridades y sus órganos de gobierno de
conformidad con el orden constitucional y la presente Ley.
Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal, los
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones
y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Los ordenamientos jurídicos municipales de observancia general podrán reformarse, modificarse o adicionarse,
previo cumplimiento de las fases establecidas en el reglamento respectivo.
Los reglamentos deben crearse de acuerdo a las necesidades del Municipio, siendo muy importante que el
Ayuntamiento, haga una revisión de la reglamentación existente, para detectar aquellos reglamentos que deban
ser implementados o actualizados con base en el análisis que se haga de la situación municipal y el procedimiento
para su elaboración.
El artículo 146 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, otorga competencia al Ayuntamiento para
organizar el funcionamiento y estructura en lo sustantivo en las materias de su competencia, a través de
instrumentos normativos que contengan disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria en el
municipio, lo cual se replica en el artículo 99 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de El
Marqués, Querétaro.
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