Reforma por la que se reforma, deroga y adiciona el Reglamento del Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de El Marqués, Querétaro.

Pág. 3100 PERIÓDICO OFICIAL 4 de febrero de 2022
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE EL MARQUÉS
2021-2024
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO; 150, FRACCIÓN I, Y 151, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO, Y 81, FRACCIÓN I, 82 FRACCIÓN I, 107 Y 108 DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, Y CON BASE EN LO SIGUIENTE:
A N T E C E D E N T E S:
PRIMERO. En Sesión de Cabildo de fecha 16 dieciséis de diciembre de 2021 dos mil veintiuno, fue aprobada por
el Pleno del H. Ayuntamiento la reforma por la que se Reforma, Deroga y Adiciona el Reglamento del Sistema
Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de El Marqués, Querétaro, publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” el 15 de noviembre de 2019 (p.
o. no. 83) y Abroga el Reglamento del Sistema Municipal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes
de El Marqués, Querétaro, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga”, el
23 de junio de 2017 (p. o. no. 38).
C O N S I D E R A N D O:
1.- Que conforme a lo que establece el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como el artículo 35, primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Querétaro, el Municipio es libre de constituir la división territorial, organización política y administrativa como parte
del Estado de Querétaro, facultándolo para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal, los bandos
de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro
de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2.- Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, siendo autónomo para
organizar la administración pública municipal; cuenta con autoridades propias, funciones específicas y libre
administración de su hacienda.
3.- Dentro de los límites de su territorio tiene la potestad para normar las materias, procedimientos, funciones y
servicios públicos de su competencia, así como para establecer las autoridades y sus órganos de gobierno de
conformidad con el orden constitucional y la presente Ley.
4.- Los ayuntamientos son competentes para promover el bienestar social y cultural de la población municipal
mediante programas y acciones que propicien el desarrollo integral de la familia y la integración social de las
distintas comunidades del municipio, garantizando la seguridad y tranquilidad de las personas y de sus bienes
dentro de su territorio, coadyuvando con las autoridades competentes en la regulación y protección de los
derechos humanos, la no discriminación, la igualdad sustantiva de género, los grupos en situación de
vulnerabilidad e interactuar con la sociedad, en la regulación y protección de los derechos de los integrantes de
las familias. Coadyuvando en promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad
con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, así como la protección de la
equidad de género, los grupos vulnerables, regular y proteger los derechos de los integrantes de las familias en
el ámbito de competencia municipal.
5.- El Ayuntamiento está facultado para organizar su funcionamiento y estructura, así como regulación sustantiva
y adjetiva de las materias de su competencia, a través de instrumentos normativos que contengan disposiciones
administrativas de observancia general y obligatoria en el municipio.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR