La Reforma Política en el Distrito Federal

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DOCTRINA

LA REFORMA POLITICA EN EL DISTRITO FEDERAL [83]

Humberto Briseño Sierra

  1. UN POCO DE HISTORIA

    Parece inevitable la alteración de la estructura orgánica del Distrito Federal en estos años postreros del siglo veinte. Creado por Cortés en marzo de 1524, el primer ayuntamiento se trasladó de Coyoacán a la Ciudad de México, al quedar en condiciones de ser nuevamente poblada la Gran Tenochtitlán fundada en 1325. El Alcalde Mayor, los dos Alcaldes ordinarios, los siete Regidores, el Escribano y el Mayordomo nombrados por Cortés con apego a las leyes españolas, señalaron en 1529 las tres colindancias que, partiendo del Río de Coyoacán por el sur, llegaba a la Calzada de Nonoalco por el norte, al camino que iba del Puente de Coyoacán a Chapultepec por el poniente, y siguiendo la falda de este cerro, inclinándose al poniente para rodear el pueblo de Tacuba hasta la Calzada Nonoalco.

    Las quince leguas de radio que debería tener la ciudad a partir de la Plaza Mayor, según la Cédula Real de 24 de octubre de 1529, originaron periódicos deslindes que al presente no han concluido, aunque por razones diferentes. Los apeos debían excluir a los pueblos en donde hubiera Corregidores, por ser cabeceras consideradas como pueblos principales, con propia autoridad como Texcoco, Churubusco, Mexicaltzingo o Mixquic.

    El Ayuntamiento de la Ciudad de México era el más importante de la Nueva España, y como recuerda Alamán, gozaba los honores de glande de España y tenía el primer lugar entre los que llegaron a concurrir a las juntas de Ayuntamientos reunidos por varios motivos.

    Sobre las funciones tan variadas que tenía el Ayuntamiento, dan idea sus dependencias cuyos titulares eran nombrados por el Cabildo, entre los que suelen mencionarse a los Diputados de Pobres, fiscalizadores del manejo de fondos y del buen estado de las finanzas del Ayuntamiento, el Obrero Mayor a cuya responsabilidad estaban las obras públicas, los Diputados de Fiestas que cuidaban que fueran solamente celebradas las de aniversario de la conquista de Tenochtitlán, las de jura de los reyes, las pompas fúnebres a la memoria de los monarcas fallecidos y las religiosas consideradas de mayor significación; los Diputados de Policía que juntamente con el Corregidor integraban la Junta de Policía, encargada de cuidar el cumplimiento de los bandos y disposiciones del ramo; los Diputados de Alhóndiga y Pósito, que cuidaban el abastecimiento regular de las subsistencias a precios razonables fijados por ellos mismos; un Contador encargado de llevar los libros y manejo de los fondos del Ayuntamiento y un Mayordomo de Propios y Rentas ("Breves Notas de los Antecedentes Históricos del Distrito Federal", Departamento del Distrito Federal, México, 1970, p. XXIX).

  2. La representación, esencia de la democracia y probablemente su talón de Aquiles, se aprecia en el Cabildo, pero no de los habitantes del municipio, sino de las jerarquías que elegían al Ayuntamiento. De ahí que las palabras constantes en el "Acta del Ayuntamiento de México, en la que se declaró se tuviera por insubsistente la abdicación de Carlos IV y Fernando VII hecha ante Napoleón: Que se desconozca todo funcionario que venga nombrado de España: Que el virrey gobierne por la Comisión del Ayuntamiento en representación del virreinato, y otros artículos", de 19 de julio de 1808 (Tena Ramírez, p. 4), haya significado una verdadera revolución política, al consistir en el acuerdo dado por el representante al representado.

    Cabe pensar que si los Ayuntamientos no eran producto de una actividad política de elección popular, estaban en cambio interesados en la política general; y de ahí que no puedan ser absolutas las apreciaciones que recientemente se han hecho, en el sentido de que en "los años que precedieron a la República, el pueblo era un apático y frío espectador de los acontecimientos de la capital y de las provincias" [Michael P. Costeloe, "La primera república federal de México (1824-1835), FCE, 1983, p. 154]. Como tampoco resulta del todo exacto que los Ayuntamientos tuvieran como principal función recomendar el otorgamiento de títulos nobiliarios a los criollos nuevos ricos que los compraban a buen precio.

  3. Al lado de esas actividades, tal vez de cortesanía, el Ayuntamiento se ocupaba de otros menesteres que el artículo 321 de la Constitución de Cádiz se encargó de resumir.

  4. El Acta Constitutiva de la Federación y la Constitución Federal de 1824, establecieron las Bases para la Organización Política y Administrativa del país, y conforme el artículo 50, fracción XXVIII, el Congreso General tenía facultad para elegir un lugar que sirviera de residencia a los Supremos Poderes de la Federación, y ejerciera en su distrito las atribuciones del Poder Legislativo de un Estado.

    Por decreto del 18 de noviembre de 1824, se señaló la Ciudad de México, cuyo distrito sería el comprendido en un círculo cuyo Centro sería la Plaza Mayor y su radio de dos leguas: "El gobierno general y el gobernador del Estado de México (decía el artículo 3) nombrarán cada uno un perito para que entre ambos demarquen y señalen los términos del distrito conforme al artículo antecedente."

    A su vez, el artículo 4 indicó: "El gobierno político y económico del expresado distrito queda exclusivamente bajo la jurisdicción del gobierno general desde la publicación de esta ley."

  5. El primer cuarto del siglo XIX tiene tal paralelismo político social con su homólogo del siglo XX, que parece confirmar el refrán: la historia vuelve a repetirse.

    El surgimiento del Distrito Federal estuvo lejos de ser pacífico, armonioso o fraternal. Hacia el final del imperio de Iturbide, las dificultades políticas y financieras, las reformas eclesiásticas y la lucha por el federalismo condujeron a situaciones irritantes. En esa época, el Estado de México era el más importante de los diecinueve que formaron la federación. Comprendía en 1824 aproximadamente cien mil kilómetros y se extendía desde la costa del Pacífico en el suroeste hacia el norte, atravesando el corazón del país para adentrarse en las huastecas a menos de ochenta kilómetros del puerto de Tuxpan, en el Estado de Veracruz. El Estado de México incluía su territorio actual, el de Morelos, el de Hidalgo, la mayor parte de Guerrero y el Distrito Federal. Dentro de su vasta extensión estaban concentradas la mayoría de las haciendas más ricas y conocidas, muchas de las cuales datan de la primera época colonial. Las haciendas, junta con las tierras de los pueblos indígenas de la altiplanicie central, significaban las áreas más productivas de ganado y en granos. Entre esas haciendas estaban las de Chapingo y Molino de las Flores cerca de Texcoco; Santiago Tenayuca en las inmediaciones de San Juan Teotihuacán; San Antonio Lechería y Santa Mónica al norte de Tlalnepantla; Santa Lucía y Zumpango; Xalpa cerca de Huehuetoca y Santa Catarina, Santa María Pipioltepec, San Nicolás Peral, Tepetitlán y la Gavia en el Valle de Toluca. Esta última abarcaba aproximadamente 330 mil acres, o sean más de 133 mil hectáreas.

    La Ciudad de México era, por todas las razones concebibles el centro político, comercial, religioso, intelectual y social del país. A través de tres siglos fue la capital política de la Nueva España y esta condición se mantuvo en la Independencia. Además del gobierno del Estado, en ella se localizaban el ejecutivo nacional y sus secretarías y burocracias, el Congreso, los tribunales superiores y el gran grupo de españoles, criollos y mestizos que tenían o esperaban tener empleos públicos. Intereses y litigios gravitaban en la capital, y aquí se encontraban las más poderosas instituciones eclesiásticas, militares y mineras. Sede del arzobispado que era el prelado más importante de la nación, a pesar de incluir sólo México y Querétaro, tenía además la catedral y santuarios importantes, cerca de veintitrés monasterios y quince conventos, ricos en propiedades urbanas y en haciendas ubicadas en toda la República. Los más grandes conventos de América eran los de San Francisco, Santo Domingo y San Agustín; y el propio arzobispado dirigía las más importantes instituciones bancarias que eran: la Corte de Testamentos, las Capellanías y las Obras Pías, responsables de todas las inversiones del clero en el arzobispado.

    Se ha dicho que al nacimiento de la federación, el Estado de México se adhirió con poco entusiasmo. Al triunfo del Plan de Casamata de febrero de 1823 que derrocó a Iturbide, la diputación del Estado de México recibió apremios para hacer lo mismo que los restantes jefes militares y las diputaciones; pero todavía el 21 de febrero de ese año, el capitán general y jefe político de la provincia pidió al pueblo unirse alrededor del emperador y el 26 siguiente la diputación manifestó su deseo de observar el Congreso Nacional libremente, y ante su insistencia, Iturbide convocó en marzo al disuelto Congreso Constituyente.

    Después de la abdicación de Iturbide el Congreso se declaró en funciones el 29 de marzo de 1823, con 24 miembros de la delegación provincial del Estado de México, que era la mayor, y su oposición a la convocatoria de un nuevo Congreso, fue seguida de la amenaza de abandonar el restaurado (Charles W. Macune Jr, "El Estado de México y la Federación Mexicana", Fondo de Cultura Económica. México, 1978). Dividida la nación, las autoridades centrales carecían de poder para obligar a las provincias a reunirse, por lo que la de México sostuvo que el nuevo gobierno tendría que basarse en el principio federal, pues no sería práctico dejar en una ciudad todos los poderes gubernamentales; se requería un gobierno nacional de enemigos extranjeros. En definitiva, federalismo y centralismo no se excluían, y el Estado de México llegaba hasta censurar la actividad de provincias como Guadalajara que después sería Jalisco, Zacatecas, Oaxaca y Yucatán que establecían gobiernos estatales en 1823, sin esperar a que el Congreso Constituyente decidiera sobre el proyecto de federalización, y ya...

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