Reforma a Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal

O R G A N I S M O S A U T Ó N O M O S TRIBUNAL ELECTORAL

Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Ciudad de México a veintiséis de mayo de dos mil veintitrés.

EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIEREN EL ARTÍCULO 181 FRACCIONES I Y XIV DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO; EL CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL

VEITNTITRÉS, APROBÓ LA REFORMA AL ARTÍCULO 77 DE LOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CUYO TENOR ES EL SIGUIENTE:

Reforma al Artículo 77 de Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Artículo 77 Tratándose de aquellos casos de excepción previstos en el artículo 40 de los presentes Lineamientos, y cuando se rebasen los montos de actuación autorizados para los procedimientos de adjudicación directa, invariablemente se requerirá la autorización de las personas integrantes del Comité.

Artículos transitorios

PRIMERO. La presente reforma al artículo 77 a los Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal Electoral de la Ciudad de México entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los Estrados del Tribunal.

SEGUNDO. Publíquese en los Estrados y en los sitios de internet e intranet del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, así como en la Gaceta Oficial de la Ciudad...

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