Se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

Fecha10 Febrero 2021
Autor de la iniciativaEjecutivo del Estado, Ing. Miguel Ángel Riquelme Solís.
Ref <a href="https://vlex.com.mx/vid/ley-organica-administracion-publica-741020533">Ley Orgánica de la Administración Pública</a> - Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado





Estado Independiente, Libre y Soberano

de Coahuila de Zaragoza


Poder Legislativo






Iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Coahuila de Zaragoza.


  • A fin de contar con las herramientas legales y administrativas que permitan hacer más eficiente el ejercicio de los recursos públicos y a su vez, incrementar la inversión pública productiva.


Presentada por el Ing. Miguel Ángel Riquelme Solís, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza.


Informe en Correspondencia: 10 de Febrero de 2021.


Turnada a la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.


Lectura del Dictamen: 16 de Marzo de 2021.


Decreto No. 36


Publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado: P.O. 23 / 19 de Marzo de 2021.









INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Y LA LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, SUSCRITA POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, ING. MIGUEL ÁNGEL RIQUELME SOLÍS.


El que suscribe, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59 fracción II y 82 fracción I, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 9 Apartado A fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; y 152 fracción II y 153 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, me permito someter a la consideración de este Honorable Congreso la presente iniciativa de decreto al rubro indicada, al tenor de la siguiente:



E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S



El Gobierno del Estado se ha fijado un alto propósito al establecer en el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2023, que se habrán de satisfacer las demandas más importantes de la sociedad, a través de un crecimiento sostenido de su economía por su grado de competitividad, así como, por contar con un gobierno eficaz y moderno, por la calidad de su capital humano, la infraestructura estratégica, su desarrollo tecnológico y el aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales. Este crecimiento le permitirá generar los empleos productivos que demanda la población, y que serán el mejor medio para erradicar la pobreza.


Ahora bien, en la actualidad nos encontramos ante una crisis financiera que afecta a las entidades federales, estatales y municipales, derivado primordialmente de los acontecimientos en materia de salud que han impactado en aspectos de desarrollo urbano y social dentro del país, así como de la disminución en la distribución de recursos federales participables, esto pudiera ocasionar un amplio estancamiento en cuanto a la Inversión pública productiva de bienes y servicios necesarios para la satisfacción de la demanda por parte de la sociedad.


En ese contexto, los gobiernos locales enfrentan problemas económicos para satisfacer la creciente demanda de los bienes y servicios públicos con recursos y financiamiento limitados. A partir de ello, se inserta el concepto de eficiencia, es decir, de la asignación óptima de los recursos que impulse entre otras cosas, una serie de evaluaciones de costos, beneficios y riesgos.


A causa de ello, la provisión tradicional de infraestructura y servicios públicos se enfrenta a múltiples retos:


        • Creciente demanda de la sociedad por infraestructura y servicios de mayor calidad.

  • Disponibilidad limitada de recursos presupuestarios.

  • Múltiples presiones a las finanzas públicas, principalmente por el endeudamiento.

  • Hacer más eficiente los métodos de selección de proyectos.

  • Mejorar el mantenimiento de la infraestructura existente.

  • Establecer tarifas y precios asequibles y competitivos.


De ahí que, resulta necesario actuar con inmediatez en la búsqueda de alternativas de inversión pública productiva que permitan dar solución a los problemas que se están viviendo dentro de los aspectos de movilidad, acceso a los servicios públicos, generación de obras de infraestructura, innovación en los procesos gubernamentales, entre otros, todo ello a la luz de una nueva normalidad en las formas de vivir y de interrelacionarnos.


Considerando lo anterior, la presente iniciativa propone la actualización del marco jurídico del estado, en dos vertientes, en primer lugar reformando la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, y en segundo, realizando la reforma conducente de la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Coahuila de Zaragoza, a fin de contar con las herramientas legales y administrativas que permitan hacer más eficiente el ejercicio de los recursos públicos y a su vez, incrementar la inversión pública productiva.


Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza


Para la atención de la situación actual y el fortalecimiento de la economía estatal, se requiere que el gasto de inversión pública se incremente y sea asignado de manera eficiente y eficaz, así como promover modalidades de inversión que permitan complementar los recursos públicos con recursos privados, sin incurrir en deuda pública adicional, de conformidad con los objetivos y estrategias fijados en los planes de desarrollo, tanto estatales como municipales.


Así, se considera de suma importancia contar una dependencia de la administración pública estatal especializada técnicamente en materia financiera a fin de que se busquen modelos financieros de inversión pública productiva que permitan incrementar los recursos públicos, sin que se incurra en deuda pública y que permita afrontar los retos y metas ambiciosas en materia de inversión pública productiva que nos hemos propuesto en la presente administración estatal.


Por lo cual se propone la reforma a la Ley de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza a fin de crear la dependencia denominada: Secretaría de Inversión Pública Productiva, que tenga dentro de sus atribuciones el constituirse como una dependencia con capacidad técnica y especialización en materia de inversión pública productiva que lleve a cabo la investigación, estructuración, planeación, desarrollo e implementación de modelos técnicos financieros de Inversión Pública Productiva a nivel estatal.


La creación de la Secretaría encuentra justificación social, en virtud de que sus atribuciones estarán encaminadas a la investigación y desarrollo de modelos financieros de vanguardia que permitan optimizar aún más los recursos públicos de los coahuilenses y con ello, desarrollar programas y servicios sociales que deriven en un mayor incremento en la inversión pública productiva de acuerdo al contexto político, económico y social del Estado.


Para la consecución de sus fines, la Secretaría, una vez que realice de manera coordinada con las instancias competentes los estudios pormenorizados de las situación actual que en materia fiscal y financiera prevalezca en el Estado, desarrollará las atribuciones de consultor técnico financiero y capacitador de técnicos y funcionarios especializados en materia de administración financiera; integrará los estudios, investigaciones y capacitaciones que resulten necesarias en los diversos aspectos que conforman de manera genérica las «haciendas públicas», a efecto de lograr una mayor optimización en el desarrollo de inversión pública productiva.


Por lo tanto, la Secretaría, en materia de inversión pública productiva, promoverá, auxiliará y apoyará la elevación y especialización del nivel técnico operativo en el Estado, así como en los organismos encargados de las administraciones de las haciendas públicas de los municipios cuando así lo soliciten o se celebren convenios de colaboración, propiciará la investigación y el intercambio de experiencias entre los diversos entes municipales y el Estado, proporcionará el soporte y apoyo técnico para la realización de estudios regionales específicos de inversión pública productiva; coadyuvará de manera coordinada en el desarrollo de estadísticas y estudios financiero a nivel federal, regional y municipal; desarrollará los sistemas informáticos y de procesamiento de datos que resulten necesarios para su correcto funcionamiento y consecución de sus fines, proporcionará, cuando así lo soliciten, el respaldo técnico necesario a las tesorerías de los municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza o, en su defecto, a los órganos que desempeñen las funciones equivalentes, para llevar a cabo las reformas legales o administrativas que deriven en una correcta administración de los recursos públicos en beneficio de todos los ciudadanos coahuilenses.


Para la consecución de sus fines, la Secretaría que se crea, deberá contar con las atribuciones necesarias para concentrar los procedimientos administrativos para la implementación de modelos financieros de inversión pública productiva, que no constituyan deuda pública, que requieran las...

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