Reforma a la Ley Estatal de Salud y a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Año2020
Autor de la iniciativaDiputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares, conjuntamente con el Diputado Emilio Alejandro de Hoyos Montemayor, del Grupo Parlamentario “Brigido Ramiro Moreno Hernández” del Partido Unidad Democrática de Coahuila.



Congreso del Estado Independiente,

Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza





Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se adiciona el artículo 173 Bis y se reforma el artículo 289 de la Ley Estatal de Salud, y se adiciona el artículo 287 Bis y la fracción XVII al artículo 315 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza.


  • Para garantizar instalaciones sanitarias higiénicas en edificios y locales públicos,


Planteada por la Diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares, conjuntamente con el Diputado Emilio Alejandro de Hoyos Montemayor, del Grupo Parlamentario “Brigido Ramiro Moreno Hernández” del Partido Unidad Democrática de Coahuila.


Fecha de Lectura de la Iniciativa: 30 de Septiembre de 2020.


Turnada a las Comisiones Unidas de Salud, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua y de Desarrollo Social.


Lectura del Dictamen:


Decreto No.


Publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado:







INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE PRESENTA LA DIPUTADA ZULMMA VERENICE GUERRERO CÁZARES CONJUNTAMENTE CON EL DIPUTADO EMILIO ALEJANDRO DE HOYOS MONTEMAYOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO “BRIGIDO RAMIRO MORENO HERNÁNDEZ” DEL PARTIDO UNIDAD DEMOCRÁTICA DE COAHUILA QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ESTATAL DE SALUD Y LA LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA PARA GARANTIZAR INSTALACIONES SANITARIAS HIGIÉNICAS EN EDIFICIOS Y LOCALES PÚBLICOS.


C. Presidente de la Mesa Directiva del Pleno del

H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Presente. –


La que suscribe, Diputada Zulmma Verenice Guerrero Cázares, conjuntamente con el Diputado Emilio Alejandro De Hoyos Montemayor, integrantes de este H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 67 fracción I de la Constitución Política del Estado y 152 fracción I de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, nos permitimos someter a la consideración de ese Honorable Congreso la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Estatal de Salud y la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza para garantizar instalaciones sanitarias higiénicas en edificios y locales públicos, acorde a la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.


En el año 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas concedió́ al saneamiento la condición de derecho humano, en virtud del cual toda persona tiene derecho al acceso, desde el punto de vista físico y económico, en todas las esferas de la vida, a un saneamiento que sea salubre, higiénico, seguro, social y culturalmente aceptable y que proporcione intimidad y garantice la dignidad.


De esta forma, en la Resolución 70/169 sobre “Los derechos humanos al agua potable y el saneamiento”, aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2015, la Organización de las Naciones Unidas, por un lado, “afirma que los derechos humanos al agua potable y el saneamiento como componentes del derecho a un nivel de vida adecuado son esenciales para el pleno disfrute del derecho a la vida y de todos los derechos humanos”.1


Por otro lado, la misma resolución reconoce que “en virtud del derecho humano al saneamiento, toda persona, sin discriminación, tiene derecho al acceso, desde el punto de vista físico y económico, en todas las esferas de la vida, a un saneamiento que sea salubre, higiénico, seguro, social y culturalmente aceptable y que proporcione intimidad y garantice la dignidad”,2 al tiempo que reafirma que este derecho, al lado del derecho a agua, es componente ·del derecho a un nivel de vida adecuado.


Para la Organización Mundial de la Salud, se entiende como “servicios de saneamiento gestionados de forma segura” cuando se utiliza instalaciones sanitarias higiénicas independientes de otros hogares que, bien permiten almacenar las excretas in situ de forma segura imposibilitando todo contacto con las personas, bien permiten su transporte a centros externos de tratamiento, protegiendo así́ a personas y medioambiente de patógenos.3


Además, en la misma resolución, la Organización de las Naciones Unidas exhortó a los Estados a que “aborden la cuestión del saneamiento en un contexto mucho más amplio, teniendo en cuenta la necesidad de aplicar enfoques integrados”; “establezcan coordinación con las comunidades locales y otras partes interesadas, entre ellas […] el sector privado, respecto de soluciones adecuadas para garantizar el acceso sostenible al agua potable y el saneamiento”, y “exhorta a las instancias no estatales, incluidas las empresas, […] a que cumplan su responsabilidad de respetar los derechos humanos, entre ellos los derechos humanos al agua potable y el saneamiento, incluso […] colaborando progresivamente con los Estados para detectar y remediar los abusos de los derechos humanos al agua potable y el saneamiento”.


Es por lo anterior que cada 19 de noviembre se celebra el Día Mundial del Retrete con objeto de recordar la necesidad de adoptar medidas que permitan dar respuesta a la crisis de saneamiento mundial. Así, instaurado en 2001 por la World Toilet Organization (Organización Mundial del Retrete), el Día Mundial del Retrete se convirtió́ en día oficial de las Naciones Unidas en 2013. Por su parte, ONU-Agua dirige un equipo de tareas compuesto por organismos internacionales cuya misión es sensibilizar sobre un tema común.


La importancia de los servicios de saneamiento gestionados de forma segura es casi evidente. Según la misma Organización Mundial de la Salud, el saneamiento deficiente provoca 432 000 muertes por enfermedades diarreicas cada año y que es un importante factor subyacente a varias enfermedades, como las lombrices intestinales, el tracoma y la esquistosomiasis.4 Además, en todo el mundo hay alrededor de 1 500 millones de personas infectadas por helmintos transmitidos por el suelo, una circunstancia que podría evitarse por completo con un saneamiento adecuado.5 De igual forma, unos 297 000 niños menores de cinco años mueren cada año por enfermedades diarreicas causadas por el consumo de agua insalubre, un saneamiento insuficiente o una mala higiene de las manos.6


De la misma forma, la garantía de este derecho para los sectores vulnerables es aún más urgente. Por ejemplo, tratándose de un un grupo poblacional en situación vulnerable, se calcula que cada año 297 000 niños menores de 5 años mueren por enfermedades diarreicas causadas por el consumo de agua insalubre, un saneamiento insuficiente o una mala higiene de las manos.10 Las enfermedades diarreicas también afectan al desarrollo físico y cognitivo de los niños, principalmente a causa de la malnutrición crónica debida, en parte, a episodios recurrentes de vómitos y diarrea graves. Muchos niños faltan sistemáticamente a la escuela por problemas de salud causados por servicios de saneamiento deficientes en las escuelas o porque esos centros carecen de instalaciones de saneamiento. En ese sentido, cabe destacar especialmente a las adolescentes durante el periodo menstrual.7


Pero los beneficios de asegurar un correcto saneamiento no se quedan ahí. Por lo que hace a la productividad, los problemas de salud causados por servicios de saneamiento deficientes conllevan importantes repercusiones para las empresas, por ejemplo, en forma de absentismo laboral y de pérdida de concentración, agotamiento y reducción de la productividad de los trabajadores. El uso de aguas residuales no tratadas para fines de riego entraña notables riesgos para la salud de los trabajadores a lo largo de la cadena de producción de alimentos.8 Por otro lado, por lo que hace a los efectos en el medio ambiente, más allá́ del ámbito comunitario, la falta de sistemas eficaces de alcantarillado o de eliminación de desechos puede suponer la contaminación de ecosistemas, lo que a su vez afecta a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR