Reforma a la Ley Estatal de Salud.

Fecha27 Junio 2019
Autor de la iniciativaDiputada Blanca Eppen Canales, del Grupo Parlamentario “Del Partido Acción Nacional”, conjuntamente con las Diputadas y Diputados que la suscriben.

C ongreso del Estado Independiente,

Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza


2019, Año del respeto y protección de los derechos humanos en el Estado de Coahuila de Zaragoza”




Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se reforman el artículo 4, apartado A, fracción II, del artículo 6, fracción IV y el artículo 29, fracción IV, todos de la Ley Estatal de Salud.


  • Con objeto de establecer la prevención del cáncer cérvico uterino y de mama, como parte de las prioridades del sistema estatal de salud, así como los programas de prevención y diagnóstico de estas dos enfermedades dentro del esquema preventivo sanitario.


Planteada por la Diputada Blanca Eppen Canales, del Grupo Parlamentario “Del Partido Acción Nacional”, conjuntamente con las demás Diputadas y Diputados que la suscriben.


Fecha de Lectura de la Iniciativa: 27 de Junio de 2019.


Turnada a la Comisión de Salud, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua.


Lectura del Dictamen: 02 de Octubre de 2019.


Decreto No. 367


Publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado: P.O. 87 / 29 de Octubre de 2019.











H. PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO

DE COAHUILA DE ZARAGOZA

PRESENTE


Iniciativa que presenta la diputada Blanca Eppen Canales del Grupo Parlamentario “Del Partido Acción Nacional”; en ejercicio de la facultad legislativa que me conceden los artículos 59 Fracción I y 67 Fracción I de la Constitución Política del Estado y con fundamento en los artículos 21 Fracción IV y 152 fracción I de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza , presento INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO por la que se reforman el artículo 4, apartado A, fracción II; el artículo 6, fracción IV y el artículo 29, fracción IV; todos de la Ley Estatal de Salud; al tenor de la siguiente:


Exposición de Motivos


I. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó el 7 de febrero de 2019, que el tercer miércoles de octubre sea declarado como el “Día Nacional sobre la Reconstrucción Mamaria”, pues el cáncer mamario afecta a una de cada ocho mujeres en nuestro país sin que se den cuenta de la enfermedad1.


Dicha iniciativa fue aprobada por unanimidad por parte de las y los diputados. Actualmente se encuentra en la Cámara de Senadores, como Cámara revisora, para su aprobación.


II. La Organización Mundial de la Salud establece una serie de principios básicos para que toda persona, sin distinción de condición económica o social, religión, ideología política o raza, cuente con los servicios de prevención, atención y protección de los servicios de la seguridad social en materia de salud.


Por ello, la OMS dice que “La salud es un estado de completo de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”2. Por lo tanto, “Los gobiernos tienen responsabilidad en la salud de sus pueblos, la cual solo puede ser cumplida mediante la adopción de medidas sanitarias y sociales adecuadas”3.


III. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4º establece que todas las personas tienen el derecho a la salud.


Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.


Asimismo, la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza en su artículo 173 establece que “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud”.


En este mismo sentido, la Ley Estatal de Salud de Coahuila de Zaragoza indica en el artículo 2º lo siguiente:


Artículo 2o. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:



II. La prolongación y el mejoramiento de la calidad de la vida humana, mediante la intervención de profesionales médicos titulados, acreditados y certificados en los términos contenidos en la fracción anterior de este cuerpo normativo.


III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;


IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;


Por otra parte, es importante mencionar que existe la Norma Oficial Mexicana a NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, que tiene por objetivo “establecer los lineamientos para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama”4. Asimismo, propone que “Las actividades de prevención incluyen la comunicación educativa a la población para el conocimiento de los factores de riesgo y promover estilos de vida sanos que contribuyan a disminuir la morbilidad por el cáncer de la mama, así como fomentar la demanda de la detección temprana con el objeto de mejorar la oportunidad del diagnóstico y tratamiento”5.


La Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino tiene por objetivo “uniformar los principios, políticas, estrategias y criterios de operación para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino”. Además, indica la importancia de la prevención y atención pues “se debe proporcionar información, orientación, asesoría y aclarar dudas a la mujer y sus familiares, tomando como referencia lo establecido en esta Norma en materia de prevención, pruebas de detección, diagnóstico y tratamiento de las lesiones de bajo y alto grado y del cáncer cérvico uterino”6.


IV. La OMS menciona que el cáncer de mama es “ el cáncer más frecuente en las mujeres tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo. La incidencia de cáncer de mama está aumentando en el mundo en desarrollo debido a la mayor esperanza de vida, el aumento de la urbanización y la adopción de modos de vida occidentales”7.


Incluso la OMS considera en sus últimas cifras que a nivel mundial “Se estima que en 2004 murieron 519 000 mujeres por cáncer de mama y, aunque este cáncer está considerado como una enfermedad del mundo desarrollado, la mayoría (69%) de las defunciones por esa causa se registran en los países en desarrollo (OMS, Carga Mundial de Morbilidad, 2004)”8.


Mientras en que el caso de cáncer cérvico uterino, la misma OMS, indica que el “cáncer cérvico uterino es una de las amenazas más graves para la vida de las mujeres. Se calcula que actualmente en el mundo lo padecen más de un millón de mujeres. La mayoría de ellas no han sido diagnosticadas ni tienen acceso a un tratamiento que podría curarlas o prolongarles la vida”9.


V. El Instituto Mexicano del Seguro Social menciona en su página que:


Tipo de cáncer

Definición

Cérvico uterino

El cáncer cervicouterino, también conocido como cáncer de cuello de la matriz, es un tumor maligno que inicia en el cuello de la matriz y es más frecuente en mujeres mayores de 30 años.

De mama

Es un tumor maligno que se origina en las células de la mama, entendiendo por tumor maligno un grupo de células que crecen de manera desordenada e independiente, que tiende a invadir los tejidos que lo rodean, así como órganos distantes (metástasis).


De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía el fallecimiento por cáncer de mama y cérvico uterino es el siguiente10:


  • Para la población de este grupo de edad, el cáncer de órganos genitales femeninos (categoría que incluye al de tipo cérvico uterino y al de ovario) se ubica como la segunda causa de muerte por neoplasias malignas; al considerar su proporción únicamente entre las mujeres, se constituye como su principal causa de muerte por tumores malignos de tal forma que en 2016 tres de cada 10 fallecimientos femeninos por cáncer se deben a este padecimiento.


  • El cáncer de mama destaca como la tercera causa de muerte por tumores malignos; en las mujeres se observa el mayor impacto en comparación con los varones, debido a que dos de cada 10 fallecimientos femeninos por cáncer se deben a esta enfermedad; los datos de mortalidad entre los varones son marginales […] Respecto al cáncer de mama, en 2016 se observan 16 defunciones por cada 100 000 mujeres de 20 años y más.

En el Estado de Coahuila de Zaragoza, el INEGI presenta las siguientes cifras de las mujeres que fallecen por estos dos tipos de enfermedades mortales:

Defunciones de mujeres por tumor maligno de la mama por Entidad federativa de residencia habitual de la persona fallecida, Grupo quinquenal de edad y Periodo

Edad

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Total

20 a 24 años

1

1

0

0

1

0

0

0

3

25 a 29 años

0

2

3

1

...

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