Reforma al Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza y Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Fecha05 Marzo 2013
Autor de la iniciativaDiputado Samuel Acevedo Flores, del Partido Socialdemócrata de Coahuila
CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,
LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 253, 255, 262, fracción II,
deroga los artículos 254, 256, 257, 258, 259, 260, 264, 284, 327, 334, 335, 336, 337, 360,
fracción II, inclusive se reforman los artículos 273, 275, 276, 279, 294, 295, 361 del Código
Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se deroga los artículos 563, 564, 567, 570,
579, 653, 654 del Código Procesal Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza.
En relación requisitos para contraer matrimonio.
Planteada por el Diputado Samuel Acevedo Flores, del Partido Socialdemócrata de
Coahuila..
Primera Lectura: 5 de Marzo de 2013.
Segunda Lectura: 12 de Marzo de 2013.
Turnada a la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.
Fecha del Dictamen: 1 de Septiembre de 2014.
Decreto No. 574
Publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado:

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