Que reforma los artículos 14, 121 y 130 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a cargo del diputado Zeus García Sandoval, del Grupo Parlamentario de Morena

Fecha de publicación26 Abril 2022
Número de Gaceta XXV - 6010
SecciónAnexos

Que reforma los artículos 14, 121 y 130 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a cargo del diputado Zeus García Sandoval, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Zeus García Sandoval diputado federal de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, integrante del grupo parlamentario Morena, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, fracción I, 66 y 77 del Reglamento de la Cámara de diputados presento el siguiente proyecto de Reforma con el propósito de combatir la discriminación a los “Cuerpos de Defensas Rurales”, esta iniciativa que adiciona a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Exposición de Motivos

La institución denominada “Cuerpos de Defensas Rurales” son una fuerza de carácter militar dependiente de la Secretaria de la Defensa Nacional que operan en las zonas rurales del país teniendo dentro de sus misiones; Proporcionar seguridad a la población donde se encuentren establecidas y sus contornos, garantizar la seguridad de la vías de comunicación, campos aéreos, de los medios de transmisiones, instalaciones y líneas de conducción de energía eléctrica; depósitos de víveres y combustibles particularmente en situaciones de emergencia regionales o nacionales.

Los Cuerpos de Defensas Rurales inició operaciones en territorio Nacional a partir del 5 de mayo de 1861 por la instrucción del entonces Presidente Benito Juárez encomendando la misión de defender las zonas rurales del País. Esta antigua institución tuvo participación en la Revolución y en la guerra Cristera. Actualmente resguardan y protegen montes, lagos, ríos, reservas naturales, combaten incendios forestales, la cacería ilegal y deforestación furtiva, entre otros, enfrentándose en ocasiones a diversos grupos delictivos en las zonas rurales del país.

El entonces presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Porfirio Díaz, dio un gran impulso a la entonces Policía Rural, hoy Cuerpos de Defensas Rurales. Promulgando su reglamento el 24 de junio de 1880, a la fecha de 1889 contaba con aproximadamente 2,000 miembros. Esta institución tuvo un destacado papel en la política, otorgar seguridad y certidumbre a los inversionistas extranjeros a los cuales se les proporcionaban servicios de escolta y patrullaje.

El 31 de julio de 1913 el General Victoriano Huerta expide un decreto, disponiendo que los cuerpos de policía rural que dependían de la Secretaría de Gobernación pasaran a formar parte de la Secretaría de Estado y de Despacho de Guerra y Marina, en este cambio de adscripción no se respetaron los derechos ya adquiridos y señalados en el reglamento de la Policía Rural, promulgado el 24 de junio de 1880 por el Presidente Porfirio Díaz. En dicha transición el personal de la policía rural que se encuadro al ejército, no fue re clasificado con los grados del Ejército Mexicano, violando sus derechos laborales, así como de igualdad, teniendo un trato desigual y discriminatorio el cual se mantiene hoy en día, después de 109 años.

Para el año de 1970 se contaba con 120,000 elementos, número que fue disminuyendo hasta aproximadamente 14,000 en 1996. Es decir, en 26 años...

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