Que reforma el artículo 67 de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Ana Patricia Peralta de la Peña e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Fecha de publicación22 Octubre 2020
Número de Gaceta XXIII - 5637
SecciónAnexos

Que reforma el artículo 67 de la Ley General de Salud, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Ana Patricia Peralta de la Peña e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputada Ana Patricia Peralta de la Peña, del Grupo Parlamentario de Morena, y diputado Arturo Escobar y Vega en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno y Erika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 67 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

A lo largo de la historia, las esterilizaciones han sido empleadas principalmente en poblaciones de escasos recursos, por representar éstas un anticonceptivo barato y eficaz, pero también como una herramienta que puede obstaculizar el derecho de las personas a decidir sobre su futuro.

La esterilización es un proceso por el cual una persona pierde la capacidad física de procrear hijos de manera permanente, aunque no necesariamente irreversible. Se suele realizar a través de una intervención quirúrgica relativamente sencilla: ligadura de trompas de Falopio en el caso de las mujeres y vasectomía en el de los hombres. Cuando la esterilización se hace adecuadamente, se trata de una operación barata, segura y 100 cien por ciento eficaz, razón por la cual se trata del método anticonceptivo más popular entre las mujeres de todo el mundo.1

Si la esterilización se realiza como una decisión libre y voluntaria, trae consigo muchas ventajas. De hecho, entre las reivindicaciones del movimiento feminista se incluye garantizar el acceso libre y gratuito a esta práctica, ya que refuerza la autonomía de las mujeres al poder decidir si quieren tener hijos o no. Desgraciadamente, las cuestiones relativas al control de la natalidad no son un asunto exclusivamente demográfico o sanitario; también tienen un aspecto geopolítico importante, ya que controlar la reproducción de una comunidad otorga el poder para decidir sobre su destino.

Actualmente, en México la esterilización es un método anticonceptivo empleado como una opción de planificación familiar efectiva para muchas mujeres, pero cuando ésta se realiza sin el consentimiento previo, plenamente informado y encontrándose la persona en una situación de estrés o que le impida razonar la información proporcionada constituye una grave violación de sus derechos humanos, específicamente sexuales y reproductivos. La normatividad establece que la esterilización debe realizarse con el consentimiento de la afectada, aunque ello no signifique necesariamente que esa persona conozca plenamente los efectos de la operación ni que este consentimiento se haya obtenido sin coerción.

Aunque la esterilización puede ser una opción de planificación familiar efectiva para muchas mujeres, es necesario precisar que el acto de manipular el cuerpo de una mujer contra su voluntad le roba la capacidad de tomar decisiones sobre su cuerpo, incluyendo el número de hijos e hijas que tendrá, lo cual es una violación de los derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la salud, protegido por tratados e instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 7), la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, artículos 10h, 12, 16e y recomendación general 19), la Declaración de Beijing, Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer (párrafo 94) y por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que en su artículo 7e identifica específicamente la esterilización forzada como uno de los crímenes considerados de lesa humanidad.2

En este contexto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha emitido varias recomendaciones para evitar la realización de esterilizaciones forzadas. Un caso en especial que llamó la atención de la CNDH es el siguiente: en pleno trabajo de parto, una joven fue obligada a aceptar y firmar de consentimiento la colocación de un dispositivo intrauterino (DIU) antes de salir del hospital. Luego de que la paciente declinara la oferta sin firmar ningún documento y momentos antes de recibir el alta médica le informaron que se le había colocado un DIU.3 Un caso similar se replicó en Oaxaca, donde el procedimiento utilizado fue aún peor, pues a una mujer indígena le fue practicada una ligadura de trompas sin su consentimiento. Otro caso es el de una mujer que durante urgencia médica firmó para que le realizaran una salpingoclasia y una cesárea. Después de leer la cédula de identificación se percata que dice P/C+OTB, ahí se entera que le realizaron “oclusión tubaria bilateral”; procedimiento de anticoncepción que no pidió, ni le explicaron en qué consistía.4

Referente al tema que nos ocupa, la más reciente Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares de 2016 (Endireh), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), señala que de un promedio de 8.7 millones de mujeres de entre 15 y 49 años que transcurrían por un parto entre 2011 y 2016 más del 33 cien por ciento refieren haber padecido algún tipo de violencia obstétrica.

Los resultados de la Endireh permiten apreciar información puntual sobre “violencia y maltrato”, pero también de la “atención no autorizada” durante el proceso del parto. Es importante mencionar que en 2016 fue la primera ocasión en que se incorporan cuestionamientos para conocer y evaluar la experiencia de las mujeres en este ámbito primordial. Dicha información revela que al 4.2 cien por ciento de las mujeres atendidas les fue colocado algún método anticonceptivo, o fueron operadas o esterilizadas para ya no tener hijos, sin...

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