Que reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRD

Fecha de publicación17 Marzo 2016
Número de Gaceta XIX - 4491
SecciónAnexos

Que reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Lucía Virginia Meza Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRD

Planteamiento del problema

La presunción de inocencia es un derecho humano que constituye el supuesto eficaz para la solución de la problemática procesal penal con la que se enfrenta la mayoría de los países. En este sentido, bajo aspectos de política criminal, el principio debe convertirse en instrumento útil que dé respuesta al reclamo social de mantener el equilibrio entre el respeto de los derechos de los individuos, en este caso sujetos a un proceso penal y la eficacia del sistema penal, bajo parámetros de igualdad; que generen un cambio en los sistemas internos de los Estados, a través de un modelo acusatorio garantista (protector de derechos humanos), que descanse en una sola legislación procesal y sustantiva, con el fin de dar lugar a modificaciones estructurales en las instituciones, en las prácticas procesales, así como un cambio cultural en la sociedad a través de la comunicación, oralidad y difusión, donde la presunción de inocencia tendrá un papel protagónico al garantizarse la trasparencia del proceso.

Argumentación

El derecho es una disciplina eminentemente dinámica y cambiante, por ello, quien ejerce alguna de sus profesiones, sea en el foro, en la academia, en la impartición de justicia o en la creación de las leyes, ha de saberse comprometido con el estudio constante y perseverante, no sólo de las reformas legales, sino del entorno en que éstas se han producido, así como de las tendencias doctrinales atinentes a su interpretación.

Compañeras y compañeros diputados “todo hombre es inocente hasta que se compruebe lo contrario”, así reza la máxima jurídica, una de las primeras en enseñarse en las Universidades de derecho.

El 18 de junio de 2008, se publicó la reforma constitucional penal que incorporó el sistema acusatorio y oral para la delincuencia común, sustentado en el derecho humano de presunción de inocencia, modificándose los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; con el objetivo de instaurar un sistema integral de derechos sobre la base de principios generales que rijan todo proceso penal, mediante la tutela judicial efectiva del Estado garante del respeto a los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; lo que trajo como consecuencia la reforma e incluso abrogación de legislaciones penales locales que, en empatía con la Constitución, protegieran el principio de presunción de inocencia.

Reforma constitucional que, engarzada a la ocurrida en materia de derechos humanos de 2011, generó un contexto de obligatoriedad nacional derivada de los tratados internacionales en la materia, suscritos por nuestro país, así como la necesidad de su homologación con la legislación procesal penal; así, el Ejecutivo Federal, el 22 de septiembre de 2011, ante la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados presentó el proyecto de Código Nacional de Procedimientos...

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