Que reforma el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, a cargo de la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del PT

Fecha de publicación19 Septiembre 2019
Número de Gaceta XXII - 5369
SecciónAnexos

Que reforma el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, a cargo de la diputada Hildelisa González Morales, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Hildelisa González Morales, diputada a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo que se dispone en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 77, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXIV, corriéndose en su orden la actual fracción XXIV, para pasar a ser fracción XXV y se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Republica, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma política.

Destaca entre estas reformas la que corresponde al artículo 102, apartado A, con la creación de la Fiscalía General de la República como órgano autónomo del Estado mexicano.

Además, en ese artículo 102, apartado A, párrafo sexto se establece a la letra lo siguiente: “El fiscal general presentará anualmente a los Poderes Legislativos y Ejecutivos de la Unión, un informe de actividades. Comparecerá ante cualquiera de las Cámaras cuando se le cite a rendir cuentas o a informar sobre su gestión”.

Como se aprecia el fiscal general de la República se encuentra obligado por mandato constitucional a rendir un informe de sus actividades a las Cámaras del Congreso de la Unión y al titular del Ejecutivo federal.

Dentro de las obligaciones para el Poder Legislativo derivadas del artículo transitorio décimo sexto del decreto de reformas de febrero de 2014, está la de expedir la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Republica, misma que fue aprobada en diciembre de 2018 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2018.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo décimo sexto transitorio, las Cámaras del Congreso de la Unión expidieron el decreto de la autonomía constitucional de la Procuraduría General de la República.

Ahora bien, nos encontramos ante el caso de que el artículo 102, apartado A, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR