Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de teletrabajo, a cargo de la diputada Anita Sánchez Castro, del Grupo Parlamentario de Morena

Fecha de publicación16 Febrero 2021
Número de Gaceta XXIV - 5720
SecciónAnexos

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de teletrabajo, a cargo de la diputada Anita Sánchez Castro, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Anita Sánchez Castro, diputada a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional en materia de teletrabajo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

I. Origen del teletrabajo

El teletrabajo llega en el siglo XX con el nacimiento de algunas empresas tecnológicas en la época de los 70.

Su creación se le atribuye al ingeniero y físico estadounidense Jack Nilles,1 quien en esta década pensó en optimizar los recursos no renovables, principalmente la electricidad. No sólo por su cantidad limitada, sino también por la contaminación derivada de ellos, las aglomeraciones y los problemas de movilidad.

Su idea principal fue “llevar el trabajo al trabajador” en lugar de que el trabajador vaya al trabajo. Creó el concepto de “telecommuting ” que se tradujo al español como “trabajar en casa o trabajo de modo remoto”, bajo la premisa de que el trabajo se puede organizar desde cualquier sitio y en cualquier momento y que conlleva un cambio cultural en la población.

La idea de Nilles consistía en conectar los teclados y pantallas de sus compañeros de la aseguradora en donde laboraba, a estaciones remotas cercanas a la sede de la compañía.

De esta manera el empleado podía seguir trabajando desde allí, sin estarlo. El desarrollo tecnológico de la época no fue el adecuado como para que el teletrabajo se dispersara mundialmente.

El salto tecnológico de los 80 se dio debido a la disminución de los costos informáticos, la velocidad de las redes de comunicación y la difusión comercial de internet y pusieron a disposición de millones de personas los recursos necesarios para el teletrabajo.

El teletrabajo ofrecía la oportunidad de incorporar, de manera ágil, mano de obra muy vinculada al uso de las TIC2 y que no se encontraba disponible fácilmente en el mercado local; el más demandado era el trabajo de los programadores.

Ya en la época de los 90 con mayor desarrollo tecnológico, el teletrabajo se empieza a reconocer como una herramienta de flexibilidad en las tareas y los horarios.

II. Marco laboral internacional:

En 2002 surge el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo.3

Este acuerdo lo firman la Confederación Europea de Sindicatos (CES), la Unión de Confederaciones de la Industria y de Empresarios de Europa (Unice), la Unión Europea de Artesanado y de la Pequeña y Mediana Empresa y el Centro Europeo de Empresa Pública, con el fin de dar mayor seguridad a los teletrabajadores. Fue el primer acuerdo bilateral en Europa.

En América Latina, el primer país en legislar sobre teletrabajo fue Colombia, en 2008. La Ley 1221, como se le conoce, es reconocida como la más completa pues aparte de regular el teletrabajo, también la sugieren a las empresas y las incentivan para que personas, por ejemplo, con discapacidad puedan optar por cargos que puedan ejercer desde sus hogares.

Uno de los casos más notables es el de la Contraloría de Bogotá, un organismo público que está apostando por la revolución del teletrabajo.

El caso de Colombia ha sido replicado en varios países de Latinoamérica, lo cual es señal de que el mundo está cambiando hacia una revolución digital y tecnológica en el trabajo.

En 2014 Perú se une a Colombia para darle un estatus legal al teletrabajo, mediante la Ley número 30036 que regula el teletrabajo. Con esta ley se establece, entre otras cosas, que el teletrabajador tiene los mismos derechos y beneficios que los trabajadores que prestan servicios bajo la modalidad convencional.

En...

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