Algunas reflexiones acerca de los terminos teoricos: el caso de la teoria keynesiana.

AutorAvila Del Palacio, Alfonso C.

RESUMEN: Existen diversas interpretaciones de la teoría económica de Keynes que rivalizan acerca de cuál es su verdadera aportación. Ni siquiera las matematizaciones y reconstrucciones lógicas que se han hecho de tal teoría coinciden en algunos aspectos esenciales. A partir de esto, la propuesta de este trabajo es que una reconstrucción estructuralista, por su énfasis en los términos T-teóricos, puede ayudar a esclarecer la identidad de esa teoría. Así, a partir del análisis de los criterios de T-teoricidad de la concepción estructuralista, así como del análisis de algunas reconstrucciones estructuralistas de la teoría keynesiana, se propone aquí qué términos Keynes-teóricos pueden darnos algunos de los rasgos de identidad más importantes de esta teoría.

PALABRAS CLAVE: identidad, concepción estructuralista, teorías económicas, función de utilidad

SUMMARY: There are several interpretations of the Keynes's economical theory which corrival about what is the truly insight of this theory. Even the mathematical or logical models of this theory do not coincide in some essential aspects. The proposal of this work is that a structuralist reconstruction of the Keynes's theory, because of its emphasis on the T-theoretical terms, can be a help for the clarification of the identity of the said theory. Then, on the basis of an analysis about the criterions for the T-theoretical terms, and about some structuralist reconstructions of the Keynesian theory, I suggest here which Keynes-theoretical terms can give us an important part of the identity of that theory.

KEY WORDS: identity, structuralist view, economical theories, utility function

  1. Introducción

    El objeto de este trabajo es analizar el problema de los términos teóricos de la teoría económica de Keynes. Empezaré por exponer algunos criterios que se han propuesto dentro de la concepción estructuralista para caracterizar esos términos y destacaré algunos problemas que se presentan en su aplicación. En seguida defenderé una interpretación de los criterios de teoricidad con la finalidad de que sea útil para evitar los problemas mencionados. Como una muestra de esos problemas, presentaré, por una parte, varias reconstrucciones de la misma teoría keynesiana que manejan diferentes términos teóricos; y, por otra, varias teorías económicas y otras más generales sobre el comportamiento humano que manejan el mismo término teórico que, supuestamente, la keynesiana. Finalmente, usando la interpretación propuesta acerca de los criterios de teoricidad, defenderé cuáles términos keynesianos son los que cumplen mejor dichos criterios.

  2. Los términos teóricos en la concepción estructuralista

    La división de los términos que usan las teorías científicas en T-teóricos y T-no teóricos propia de la concepción estructuralista intenta recoger, de manera diferente, la vieja división entre términos teóricos y observacionales (véase, por ejemplo, Carnap 1956). Esta última división resultó ser muy problemática, tal como lo destacó, entre otros, Quine en su célebre artículo "Dos dogmas del empirismo". De ahí que la concepción estructuralista acepte sólo la idea de que las teorías trabajan con elementos dados, o independientes de la teoría en cuestión, y elementos construidos o definidos al interior de esa teoría. A estos últimos se los denomina T-teóricos.

    Veamos cómo han sido definidos los términos T-teóricos: "Hay conceptos en Mp que son específicos de la estructura conceptual de la teoría T en cuestión, en el sentido que su significado depende de T. Esos conceptos los llamamos T-teóricos" (Balzer, Moulines y Sneed 1987, p. 40).

    O, en palabras de Moulines (1982, p. 136): "En términos informales, diremos que f es T-teórica si f no tiene un significado claro previo a T; o en otras palabras, si el concepto de f se aprehende correctamente sólo dentro de T; más brevemente, si f es un concepto específico de T."

    Ahora bien, aun cuando se cuente con definiciones tan precisas como las anteriores, la determinación concreta de los términos T-teóricos ha presentado algunas dificultades. Por tal motivo se han propuesto diferentes criterios. A este respecto se aceptan básicamente dos: el pragmático y el formal.

    2.1. Criterio pragmático

    Joseph Sneed (1971, p. 33) define los términos teóricos de la siguiente manera: "La función n es teórica con respecto a [theta] si y sólo si no hay ninguna aplicación i de [theta] en la cual ni es [theta]-independiente; n es no-teórica con respecto a [theta] si y sólo si hay por lo menos una aplicación i de [theta] en la cual [n.sub.i] es [theta]-independiente."

    Para los conceptos cuantitativos, esto significa que los términos [theta]-teóricos coinciden con las variables dependientes en cualquier aplicación de la teoría. Sin embargo, esto no es suficiente para determinar cuáles son los términos específicos de una teoría. De hecho, el mismo Sneed reconoce un poco más adelante (p. 37) que su definición de [theta]-teórico no elimina la posibilidad de que el mismo término sea teórico en otra teoría. Esto es así porque la misma variable puede ser dependiente de diferentes variables independientes.

    Stegmüller (1979, p. 30) expresa el criterio pragmático en términos un poco diferentes: "Para realizar una contrastación empírica de una aserción empírica que contiene la cantidad T-teórica f, debemos medir valores de la función f. Sin embargo, todos los procedimientos de medida conocidos presuponen la validez de esa misma teoría T." O, en palabras muy similares de Diederich y Fulda:

    [Los términos T-teóricos] en la medida que se trate de conceptos cuantitativos, no pueden medirse, o sea, no puede describirse el procedimiento para determinar su magnitud, sin que se presuponga ya la aplicación válida de la teoría en por lo menos una aserción empírica verdadera de la teoría. (1981, p. 9) Pero, ¿qué significa que la teoría T sea válida? ¿O que tenga una afirmación verdadera? Veamos esto con algo de detalle en un caso concreto.

    Stegmüller (1979, p. 31) ejemplifica su caracterización de T-teórico con la función fuerza en la mecánica clásica de partículas. Al respecto dice: "todos los métodos para medir fuerzas exigen suponer que, al menos, se cumple la segunda ley de Newton". O, en palabras de Balzer, Moulines y Sneed (1987, p. 53): "Medir fuerza presupone, para su justa construcción, la validez no sólo de la ley fundamental de Newton, sino también de algunas leyes más especiales de la mecánica (por ejemplo, la ley de la gravitación o alguna ley de elasticidad)."

    Pero ¿qué quiere decir que se cumple dicha ley o que se presuponga la validez de la misma? La segunda ley (o axioma) de Newton (1686) dice: "El cambio de movimiento es proporcional a la fuerza motriz impresa, y se hace en la dirección de la línea recta en la que se imprime esa fuerza."

    Al parecer, esta ley se cumple si el cambio de movimiento es proporcional a la fuerza impresa y si se efectúa en la dirección de dicha fuerza. Es decir, que "si una fuerza (F) genera un movimiento (x), una fuerza doble (2F), generará el doble de movimiento (2x), y una triple (3F) el triple (3x)". Siendo así, parece tratarse de una afirmación empírica contrastable. De hecho, el término 'fuerza' es un buen ejemplo, ya que antes de Newton se usaba la misma palabra para designar vagamente algo observable, es decir, la diferencia entre un hombre fuerte y uno débil. Sansón, por ejemplo, era considerado un hombre muy fuerte porque podía mover piedras que otros no podían; pero las palabras no tienen siempre el mismo significado. Veamos cómo define Newton cada uno de sus términos, ya que la segunda ley no puede entenderse aisladamente, sino sólo conjuntamente con el resto de las definiciones y leyes.

    La segunda ley de Newton dice que la fuerza ejercida sobre un cuerpo cambia la cantidad de movimiento de este cuerpo: F = [DELTA] (cantidad de movimiento). La cantidad de movimiento es el resultado de multiplicar la velocidad (v) por la cantidad de materia (m) de dicho cuerpo (definición 2); donde m es constante para cada cuerpo mientras éste no cambie su densidad o su magnitud (definición 1). Así, debemos ver los cambios en la cantidad de movimiento, como cambios en la velocidad del cuerpo en cuestión: F = m[DELTA]v. Pero, ¿qué es un cambio de velocidad a través del tiempo sino la aceleración positiva o negativa? Siendo así, podemos precisar la fórmula en términos de aceleración; lo cual nos daña la fórmula que se maneja en los libros de texto: F = ma. Ciertamente, la segunda ley en la obra original de Newton no menciona el tiempo. Si se quiere encontrar el equivalente a la fórmula "F = ma", tendríamos que acudir a la definición VIII y su comentario; aunque en esta definición, Newton se refiere específicamente a la fuerza centrípeta, que es continua, y no al caso general de fuerzas continuas y discretas, que intenta recoger con la expresión: F = m[DELTA]v.

    No obstante, para la discusión sobre los términos T-teóricos, usaremos la fórmula con aceleración; ya que es la que se propone como ley fundamental (llamada segunda ley de Newton) en la reconstrucción de McKinsey, Sugar y Suppes (1953), y en la de Sneed (1971); que son en las que se apoya Stegmüller para su ejemplo de términos T-teóricos. McKinsey, Sugar y Suppes (1953) la enuncian diciendo que la sumatoria de las fuerzas para una partícula en un instante dado es igual a la masa de la partícula multiplicada por la segunda derivada de la distancia que recorre la partícula con respecto al tiempo; lo cual se puede simplificar de acuerdo con Moulines (1982, p. 90) y Balzer, Moulines y Sneed (1987, p. 34) mediante la fórmula "F = ma". De cualquier modo, lo que diremos para la fórmula "F = ma" se aplicaría también, mutatis mutandi, para la fórmula "F = m[DELTA]v".

    Ahora bien, decir que la fuerza es igual a la masa por la aceleración parece reflejar la idea intuitiva de que necesito una fuerza mayor para mover una masa mayor o para moverla más rápidamente. Viendo así las cosas, "F = ma" parece, otra vez...

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