Reducción de la jornada de trabajo, momento para hablar de productividad

Fecha de publicación20 Abril 2023
Foto EE: Blanca Juárez
Foto EE: Blanca Juárez
Carlos Ferran Martínez

Por Carlos Ferran Martínez

Una eventual reforma para reducir la jornada de trabajo en México debería venir acompañada de una revisión del tema de la productividad en la LFT. Abordar únicamente el primer aspecto representaría una oportunidad perdida para rediseñar un tema tabú en la legislación laboral mexicana: la productividad misma.

Hace unos días, el Congreso de Chile aprobó reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas. Con dicho cambio, se convierten automáticamente en el país latinoamericano con la jornada laboral más reducida, compitiendo únicamente con Ecuador. Con dicho precedente pareciera regresar, con más fuerza que nunca, la discusión legislativa para reducir la jornada laboral en México. Se trata, en efecto, de un debate pertinente y urgente.

Es cierto que México es uno de los países de la OCDE que más horas promedio trabaja al año. Y, además, no podemos ignorar que el trabajo en México y el mundo se ha transformado aceleradamente de la mano de las tecnologías de la información y con la pandemia de por medio. Así las cosas, hoy en día ya se conocen iniciativas en el Senado y la Cámara de Diputados que pretenden reducir la jornada de trabajo de 48 horas semanales en nuestro país.

Ahora bien, con independencia de que debe celebrarse el acelerado debate laboral de nuestros tiempos, la potencial reducción en el concepto de jornada de trabajo debe analizarse con extremo cuidado y sin olvidar algunos temas conceptuales que resultan fundamentales en su entendimiento.

En primer lugar, debe mantenerse en mente que la jornada de trabajo, a la luz de la Ley Federal del Trabajo, se encuentra regulada como un “máximo” y no como un “mínimo”. En otras palabras, en México se trabajan hasta 48 horas a la semana y no así, mínimo 48 horas a la semana. Esta lógica de distribución permite que, a través del diálogo social, las partes puedan pactar cualquier jornada por debajo de las 48 horas a la semana. En sentido contrario, cuando se exceden los máximos de ley, se computan las reglas de tiempo extra previstas en la misma legislación.

Los temas anteriores son de relevancia, toda vez que la mayoría de los conceptos legales laborales de la ley de la materia, se encuentran en una lógica de “mínimos”. De esta forma, tenemos un mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo al año, mínimo 12 días de vacaciones el primer año, mínimo 25% sobre el salario de los días de vacaciones por concepto de prima vacacional, y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR