Recurso de inconformidad contra liquidación de cuotas obrero patronales
Actualizado a | Julio 2022 |
H. CONSEJO CONSULTIVO DE LA DELEGACIÓN
DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
EN _______________________________________.
__________________________en mi carácter de repre¬sentante legal de la empresa denominada _____________________ personalidad que acredito con _________________ señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en ______________________con el número ________ calle de _____________Colonia Cen¬tro, C.P. _______ , en _________________, y autorizando para que en mi nombre las oigan y las reciban, a los licenciados y C.C. ____________________________________ de manera conjunta o por separado compa¬rezco para exponer.
Que por medio del presente escrito y en virtud por lo establecido en el artículo 294 de la Ley del Seguro Social, vengo en tiempo forma y derecho a INTER¬PONER RECURSO DE INCONFORMIDAD EN CONTRA DE LA LIQUIDACIÓN DE CUOTAS OBRERO PATRONALES, correspondiente a los períodos bimestrales _________________ con números por la de créditos cantidad de ________________________________________________.
Fundamento el presente recurso de inconformidad, las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
H E C H O S
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- Con fecha ________________________, personal de la Delegación _____________________ del IMSS en ___________________ me notificó la liquidación de cuotas obreros patronales, correspon¬dientes a los períodos bimestrales ___________________________ con números de créditos _____________________________________ por la cantidad de ____________________________________.
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- El cobro de la liquidación de cuotas obrero patronales que ahora se combate, aparentemente se encuentra derivada de unas su¬puestas bajas, que sufrieron las personas detalladas en ese documen¬to. Sin embargo considero que las bajas en referencia, son improce¬dentes, razón por la cual en estos momentos se interpone el presente recurso de inconformidad, que para ello me baso en los siguientes:
MOTIVOS DE INCONFORMIDAD
ÚNICO.- La liquidación de cuotas obrero patronales carece de fundamento y motivación, toda vez que en la misma el Ins¬tituto Mexicano del Seguro Social omite de manera evidente precisar con exactitud los preceptos legales que le sirvieron como base para determinar los créditos a cargo de mi mandante y mucho menos seña¬la en forma detallada y precisa las circunstancias y razones particula-res que lo llevaron a emitir los créditos que ahora se combaten. Es de explorado derecho y así...
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