Recomendación por Violaciones Graves Nº 51, 2022

Tipo de documentoRecomendación por Violaciones Graves
ReceptorFiscalía General de Justicia del Estado de Veracruz, Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Veracruz.
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ING. CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ
GOBERNADOR DEL ESTADO DE VERACRUZ
DE IGNACIO DE LA LLAVE
LIC. VERÓNICA HERNÁNDEZ GIADÁNS
FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
DE IGNACIO DE LA LLAVE
Distinguida Fiscal y Gobernador:
1. Esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 1º, párrafos primero, segundo y tercero y 102, Apartado B
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 3º, primer párrafo,
6º, fracciones I, II y III, 15, fracción VII; 41, 42, 44, 46 y 51 de la Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos; y, 128 a 133 y 136 de su Reglamento Interno,
ha examinado las evidencias del expediente CNDH/3/2021/4431/VG, sobre el caso
de V, privada de la libertad en el Centro de Reinserción Social de Pacho Viejo,
Veracruz.
RECOMENDACIÓN No. 51 VG/2022
SOBRE EL CASO DE VIOLACIONES GRAVES A LOS
DERECHOS HUMANOS A LA INTEGRIDAD Y
SEGURIDAD PERSONAL POR ACTOS DE TORTURA Y
VIOLENCIA SEXUAL, AL TRATO DIGNO, A LA NO
DISCRIMINACIÓN Y A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
COMETIDOS POR POLICÍAS MINISTERIALES DE LA
FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE
VERACRUZ; ASÍ COMO, AL DERECHO DE ACCESO A LA
JUSTICIA EN SU MODALIDAD DE PROCURACIÓN DE
JUSTICIA Y A LA SEGURIDAD JURÍDICA EN AGRAVIO
DE V POR PARTE DE PERSONAS SERVIDORAS
PÚBLICAS DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL
ESTADO DE VERACRUZ Y DE LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD PÚBLICA DE ESA ENTIDAD FEDERATIVA.
Ciudad de México, a 31 de enero de 2022.
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2. Con el propósito de proteger la identidad de las personas que intervinieron en
los hechos que se abordan y evitar que sus nombres y datos personales se
divulguen, se omitirá su publicidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
4°, párrafo segundo, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;
78 y 147, de su Reglamento Interno; 68, fracción VI, y 116, párrafos primero y
segundo, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1,
3, 9, 11, fracción VI, 16 y 113, fracción I, párrafo último, de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, 1, 6, 7, 16, 17, y 18, de la Ley
General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Dicha información se pondrá en conocimiento de la autoridad recomendada,
a través de un listado adjunto en el que se describe la correspondencia de las claves
utilizadas, con el compromiso de dictar las medidas de protección de los datos
correspondientes.
3. Para una mejor comprensión del presente documento, el glosario de las claves
y denominaciones abreviadas utilizadas para distintas personas involucradas en los
hechos, indagatorias ministeriales y expedientes penales, son las siguientes:
Denominación
Clave.
Víctima
V
Quejosa
Q
Autoridad Responsable
AR
Persona Servidora Pública
SP
4. A lo largo del presente documento la referencia a distintas dependencias e
instancias de gobierno y organismos autónomos se hará con acrónimos o
abreviaturas, a efecto de facilitar la lectura y evitar su constante repetición, los cuales
podrán ser identificados como sigue:
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Institución o dependencia
Acrónimo o abreviatura
Fiscalía General del Estado de Veracruz
FGEV/FGV
Secretaría de Seguridad Pública del Estado de
Veracruz
SSPV
Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
FGJCDMX
Centro de Reinserción Social en Pacho Viejo,
Veracruz
CERESO Pacho Viejo
Juez de Control del Juzgado de Proceso y
Procedimiento Penal Oral del Décimo Primer Distrito
Judicial en la Congregación de Pacho Viejo Veracruz
Juez de Control
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
CNDH/Comisión
Nacional/Organismo
Nacional
Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz
CEDH/Comisión
Estatal/Organismo Local
Suprema Corte de Justicia de la Nación
SCJN
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Corte IDH
I. HECHOS
5. El 17 de noviembre de 2020, Q presentó queja ante la CEDH en la que manifestó
en síntesis que su hija V fue detenida por policías, sin especificar de qué
dependencia, en la Demarcación Territorial Álvaro Obregón, en la Ciudad de México,
que con agresiones verbales y jaloneos la sometieron y subieron a un vehículo,
siendo llevada a unas oficinas en Azcapotzalco, posteriormente fue trasladada e
ingresada el 7 de ese mes y año en el Centro de Reinserción Social en Pacho Viejo,
Veracruz; agregando que durante el trayecto fue golpeada, amenazada, torturada y
abusaron sexualmente de ella.

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