Recomendación por Violaciones Graves Nº 8, 2017

Año2017
Tipo de documentoRecomendación por Violaciones Graves
ReceptorSubprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales, Gobierno del Estado de Nuevo León, Gobierno del Estado de Tamaulipas
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RECOMENDACIÓN No.
8VG/2017
SOBRE LA INVESTIGACIÓN DE
VIOLACIONES GRAVES A LOS
DERECHOS HUMANOS A LA
SEGURIDAD CIUDADANA Y
DE ACCESO
A LA JUSTICIA EN SU MODALIDAD DE
PROCURACIÓN, EN AGRAVIO DE LAS
49 PERSONAS HALLADAS SIN VIDA EN
EL MUNIC
IPIO DE CADEREYTA, NUEVO
LEÓN
.
Ciudad de México a
18 de octubre 2017
LIC. ALBERTO ELIAS BELTRÁN
TITULAR DE LA SUBPROCURADURÍA JURÍDICA
Y DE ASUNTOS INTERNACIONALES EN
SUPLENCIA DEL PROCURADOR GENERAL DE
LA REPÚBLICA
ING. JAIME HELIODORO RODRÍGUEZ CALDERÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE NUEVO LEÓN
LIC. FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE TAMAULIPAS
Distinguidos señores.
1. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 1°, párrafos primero, segundo y tercero, 102, Apartado
B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 3°, segundo
párrafo, 6°, fracciones I, II y III; 15, fracción VII; 24, fracciones II y IV; 42, 44, 46 y
51, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 128,
129, 130, 131, 132, 133 y 136, de su Reglamento Interno, ha examinado los
elementos de evidencia contenidos en el expediente CNDH/5/2012/5049/Q/VG,
relacionado con el caso de las 49 personas halladas sin vida en el municipio de
Cadereyta, Nuevo León.
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2. Con el propósito de proteger la identidad de las personas involucradas en los
hechos y evitar que sus nombres y datos personales sean divulgados, se omitirá
su publicidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4°, párrafo
segundo, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y 147 de
su Reglamento Interno. La información se pondrá en conocimiento de las
autoridades recomendadas, a través de un listado adjunto en el que se describe el
significado de las claves utilizadas, con el compromiso de dictar las medidas de
protección de los datos correspondientes.
3. En la presente Recomendación, la referencia a distintas dependencias se hará
con acrónimos o abreviaturas a efecto de facilitar la lectura y evitar su constante
repetición, las cuales podrán ser identificadas como sigue: Procuraduría General
de la República (PGR), Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Policía
Federal (PF), Procuraduría General Justicia del Estado de Nuevo León (PGJNL),
Procuraduría General de Justicia del Estado de Tamaulipas (PGJTAMS),
Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Comisión Ejecutiva de Atención a
Víctimas (CEAV), Corte Interamericana de Derechos Humanos (CrIDH) y Unidad
de Investigación de Delitos para Personas Migrantes y el Mecanismo de Apoyo
Exterior Mexicano de Búsqueda e Investigación de la Procuraduría General de la
República (UIDPM-PGR).
I. HECHOS
4. El 14 de mayo de 2012, en el portal de internet del periódico El Universal, se
publicó la nota titulada Tiran en Cadereyta restos de 49 cuerpos”, mediante la
cual se difundió a la opinión pública que el día 13 de ese mismo mes y año, fueron
encontradas 49 personas sin vida, 43 hombres y 6 mujeres, sobre la carretera libre
a Reynosa, Tamaulipas, sin que hasta esos momentos fuera posible la
identificación de alguno de los cadáveres por el estado en que fueron localizados.
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5. En razón de lo anterior, el 29 de mayo de 2012, con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 3°, párrafo segundo, 6, fracción II, inciso b), y 24, fracción II, de la Ley
de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 14 y 89 de su
Reglamento Interno, se inició de oficio el expediente de queja
CNDH/5/2012/5049/Q, por lo que se comisionó a personal de esta Institución
Nacional al lugar de los hechos para llevar a cabo la investigación requerida.
Además, se solicitaron informes a la PGR, SEDENA, PF, PGJNL, PGJTAMS,
SRE, CEAV y al Consulado de Honduras en México, cuya valoración lógico
jurídica es objeto de análisis en el capítulo de observaciones de esta
recomendación.
II. EVIDENCIAS
6. Oficio 36810 de 13 de mayo de 2012, suscrito por el Quinto Visitador General
de este Organismo Nacional, mediante el cual se solicitó a la PGJNL la
implementación de medidas cautelares para el manejo adecuado de los cuerpos y
la preservación de indicios que se obtuvieran en el lugar de los hechos, así como
aquellos datos que permitieran su identificación.
7. Nota periodística de 14 de mayo de 2012, publicada en la página de internet
del diario El Universal, titulada Tiran en Cadereyta restos de 49 cuerpos”, en la
que se señala que fueron encontradas 49 personas sin vida, 43 hombres y 6
mujeres, sobre la carretera libre a Reynosa, Tamaulipas, sin que se pudiera
identificar en ese momento alguno de los cadáveres por el estado en que fueron
localizados.
8. Actas circunstanciadas de 17, 18 y 29 de mayo de 2012, a través de las cuales
personal de este Organismo Nacional hizo constar las gestiones realizadas con
servidores públicos adscritos a la Visitaduría General de la PGJNL, en relación

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