Recomendación por Violaciones Graves Nº 5, 2017

Año2017
Tipo de documentoRecomendación por Violaciones Graves
ReceptorGobierno Constitucional del Estado de Veracruz
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RECOMENDACIÓN No. 5VG/2017
SOBRE LA INVESTIGACIÓN DE
VIOLACIONES GRAVES A LOS
DERECHOS HUMANOS, POR LA
DETENCIÓN ARBITRARIA, TORTURA,
DESAPARICIÓN FORZADA Y EJECUCIÓN
ARBITRARIA DE V1, V2, V3, V4 y MV,
OCURRIDAS EL 11 DE ENERO DE 2016, EN
EL MUNICIPIO DE TIERRA BLANCA,
VERACRUZ.
Ciudad de México, 19 de julio de 2017
LICENCIADO MIGUEL ÁNGEL YUNES LINARES
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE VERACRUZ
Distinguido señor Gobernador.
1. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 1º, párrafos primero, segundo y tercero, y 102, Apartado B, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 3º, segundo párrafo, 6º,
fracciones I, II, III, y XV, 15, fracción VII, 24, fracciones II y IV, 41, 42, 44, 46 y 51
de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y 15, párrafo primero,
128 a 133 y 136, de su Reglamento Interno, ha examinado las evidencias del
expediente CNDH/1/2016/204/Q/VG relacionadas con detención arbitraria, tortura,
desaparición forzada y ejecución arbitraria de V1, V2, V3, V4 y MV (víctimas),
ocurridas el 11 de enero de 2016, en el Municipio de Tierra Blanca, Veracruz, (Tierra
Blanca), atribuida a agentes de la Secretaría de Seguridad Pública de esa entidad
federativa, (Seguridad Pública) y particulares que de acuerdo con las actuaciones
Comisión Nacional de los Derechos Humanos
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ministeriales, manifestaron ser miembros del Cártel Jalisco Nueva Generación
(rtel Jalisco), los cuales contaron con la autorización, apoyo o aquiescencia de
servidores públicos de dicha dependencia.
2. Con el propósito de proteger la identidad de las personas involucradas en los
hechos y evitar que sus nombres y datos personales se divulguen, se omitirá su
publicidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4°, párrafo segundo, de
la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 147 de su Reglamento
Interno, y 68, fracción VI, y 116, párrafos uno y dos, de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública. Dicha información se pondrá en
conocimiento de las autoridades recomendadas a través de un listado adjunto en el
que se describe el significado de las claves utilizadas, con el compromiso de dictar
las medidas de protección de los datos correspondientes.
3. Para facilitar la lectura en la presente Recomendación y evitar repeticiones
innecesarias, se aludirá a las diversas instituciones, dependencias y leyes con
acrónimos o abreviaturas, las cuales podrán identificarse de la siguiente manera:
Nombre
Acrónimo
Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz
Comisión Estatal
Corte Interamericana de Derechos Humanos
CrIDH
Fiscalía General del Estado de Veracruz
Fiscalía General
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes
LGDNNA
Ministerio Público de la Federación
MPF
Ministerio Público del fuero común
MPFC
Organización de las Naciones Unidas
ONU
Procuraduría General de la República
PGR
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Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas
o Desaparecidas
Registro de Personas
Secretaría de Seguridad Pública del Estado de
Veracruz
Seguridad Pública
Suprema Corte de Justicia de la Nación
SCJN
4. A fin de facilitar la pronta referencia de los distintos rubros que se desarrollan en
la presente Recomendación, se sigue el siguiente índice:
I. CONTEXTO GENERAL DE LAS DESAPARICIONES DE PERSONAS
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EN VERACRUZ …………………………..…………………………………..….
II. HECHOS………………………………………………………...……..….... 15
III. SÍNTESIS DE LAS DILIGENCIAS PRACTICADAS EN EL
20
DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN…………………………………..
A. Equipo conformado para la investigación de los hechos………. 21
B. Investigaciones documental y de campo…………………………. 21
C. Entrevistas…………………………………………….……………...... 22
D. Requerimientos de información………………………………….…. 22
E. Intervenciones periciales……………………………………..….…. 23
F. Revisión de averiguaciones previas, causas penales y
23
procedimientos de investigación administrativa……………………
G. Revisión de dictámenes periciales……………………………….... 23
H. Revisión de declaraciones………………………………………...… 26

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