Recomendación por Violaciones Graves Nº 32, 2020

Tipo de documentoRecomendación por Violaciones Graves
ReceptorGobiernos Constitucionales de los Estados de Aguascalientes, Guanajuato y Michoacán, Fiscalías Generales de Justicia de ambas entidades federativas y Presidentes Municipales de San Francisco del Rincón y de San Luis de la Paz, Guanajuato.
RECOMENDACIÓN No. 32VG/2020
SOBRE LAS VIOLACIONES GRAVES A LOS
DERECHOS HUMANOS COMETIDAS EN
AGRAVIO DE DIVERSAS PERSONAS QUE SE
ENCONTRABAN ALBERGADAS EN LAS CASAS
HOGAR ADMINISTRADAS POR LA“CIUDAD DE
LOS NIÑOS SALAMANCA A.C.”, CON LA
TOLERANCIA Y/O AQUIESCENCIA DE
PERSONAL DE LOS SISTEMAS PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE
LOS ESTADOS DE GUANAJUATO,
MICHOACÁN, QUERÉTARO Y DE LOS
MUNICIPIOS DE SAN FRANCISCO DEL RINCÓN
Y SAN LUIS DE LA PAZ, GUANAJUATO, ASÍ
COMO DE LAS FISCALÍAS GENERALES DE
JUSTICIA DE LOS ESTADOS DE
AGUASCALIENTES Y GUANAJUATO.
Ciudad de México, 19 de mayo de 2020.
LIC. DIEGO SINHUE RODRÍGUEZ VALLEJO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE GUANAJUATO.
ING. SILVANO AUREOLES CONEJO
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MICHOACÁN.
MVZ. FRANCISCO DOMÍNGUEZ SERVIÉN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO.
MTRO. JESÚS FIGUEROA ORTEGA
FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES.
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MTRO. CARLOS ZAMARRIPA AGUIRRE
FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE GUANAJUATO.
CP. JAVIER CASILLAS SALDAÑA
PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN
FRANCISCO DEL RINCÓN, GUANAJUATO.
C. LUIS GERARDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN LUIS DE
LA PAZ, GUANAJUATO.
Respetables Gobernadores Constitucionales de los Estados de Aguascalientes,
Guanajuato y Michoacán, Fiscales Generales de Justicia de ambas entidades
federativas y Presidentes Municipales de San Francisco del Rincón y de San Luis
de la Paz, Guanajuato.
1. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 1º, párrafos primero, segundo y tercero, y 102, Apartado B, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1º, 3º, párrafo segundo, 6º,
fracciones I, II, III y XV, 15, fracción VII, 24, fracciones II y IV, 42, 44, 46 y 51 de la
Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 128, 129, 130,
131, 132, 133 y 136, de su Reglamento Interno, ha examinado las evidencias del
expediente CNDH/1/2017/5221/Q/VG, relacionadas con la investigación de las
violaciones graves a los derechos humanos cometidas en agravio de diversas
personas que se encontraban albergadas en los centros de asistencia
administrados por la “Ciudad de los Niños Salamanca A.C.”, con la tolerancia y/o
aquiescencia de personal de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia
de los Estados de Guanajuato, Michoacán, Querétaro y de los Municipios de San
Francisco del Rincón y de San Luis de la Paz, Guanajuato, así como de las Fiscalías
Generales de Justicia de los Estados de Aguascalientes y Guanajuato.
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2. Con el propósito de proteger la identidad de las personas involucradas en los
hechos y evitar que sus nombres y datos personales se divulguen, se omitirá su
publicidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, párrafo segundo, de
la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 147 de su Reglamento
Interno, 68, fracción VI, y 116, párrafos primero y segundo, de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y 3º, 11 fracción VI, 16 y 113,
fracción I, y su último párrafo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública; dicha información se pondrá en conocimiento de las
autoridades recomendadas, a través de un listado adjunto en el que se describirá el
significado de las claves utilizadas, quienes tendrán el compromiso de dictar las
medidas de protección de los datos correspondientes.
3. Para la mejor comprensión de esta Recomendación, se presenta el glosario con
el significado de las claves utilizadas:
Significado
Clave
Autoridad Responsable
AR
Persona con algún tipo de parentesco con la víctima
Familiar
Madre biológica
MB
Persona menor de edad víctima
MV
Padre biológico
PB
Quejosa y/o quejoso
Q

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