Recomendación 1/2023 dirigida a Secretaría de Seguridad del Estado de México. Subsecretaría de Control Penitenciario del Estado de México. Dirección General de Prevención y Reinserción Social del Estado de México

Páginas2-51
AÑO, XV, NÚMERO 426, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2023
SUMARIO
RECOMENDACIÓN 1/2023
DIRIGIDA A
SECRETARÍA DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO.
SUBSECRETARÍA DE CONTROL PENITENCIARIO DEL ESTADO DE
MÉXICO.
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO.
RECOMENDACIÓN 1/2023
1
La presente Recomendación, de carácter especializada, se encuentra
coordinada por la Segunda Visitaduría General, bajo los criterios dispuestos en los
artículos 13 Bis, fracción I y VI, y 16 Bis, fracción III, del Reglamento Interno de la
Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
2
Con el propósito de proteger la identidad de las personas que intervinieron
en los hechos y evitar que sus nombres y datos personales sean divulgados, se
omitirá su publicidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de
la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México,
3
concatenado con los
numerales 91 y 143, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de México y Municipios.
4
Dicha información se hace del
conocimiento de la autoridad recomendada, a través de un anexo confidencial en el
que se indica el nombre de las personas involucradas, la cual observará las medidas
necesarias para la protección de datos personales, conforme a la ley de la materia.
1
Emitida el primero de junio de 2023, al S ecretario de Seguridad del Estado de México, al subsecretario de Control
Penitenciario y al Director General de Prevención y Reinserción Social del Estado de México, por vulneración al derecho a
una estancia digna y segura, derecho a la integridad personal, derecho de la mujer a una vida li bre de violencia en perjuicio
de V. El texto íntegro del documento de Recomendación consta de 95 hojas..
2
Atribuciones de la Segunda Visitaduría General
Artículo 13 Bis.- La Segunda Visitaduría General, además de las facultades y obligaciones contenidas en la Ley, tiene las
siguientes atribuciones:
I. Someter a consideración de la Presidencia, los asuntos que sean de su competencia; II. Desarrollar mecanismos de control
y seguimiento que, conforme a su competencia, permitan implementar medidas eficaces y eficientes en los proyectos que
lleve a cabo la Comisión; I
[…]
VI. Las demás que le confieren otras regulaciones y aquellas que le encomiende la Presidencia.
[…]
Atribuciones de la Unidad de Seguimiento de Recomendaciones y Proyectos
Artículo 16 Bis.- La Unidad Especializada de Seguimiento de Recomendaciones y Proyectos tiene las atribuciones
siguientes:
[…]
III. Coadyuvar con las y los Visitadores en la elaboración de proyectos de Recomendación, correspondientes a la Primera
Segunda Visitaduría General;
3
Artículo 4.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, garantizará el derecho de acceso a la información
pública, privilegiando el principio de máxima publicidad y la protección de datos personales, de conformidad con lo dispuesto
en la legislación y normatividad en la materia.
4
Artículo 91. El acceso a la información pública será restringido excepcionalmente, cuando ésta sea clasificada como
reservada o confidencial.
Artículo 143. Para los efectos de esta Ley se considera información confidencial, la clasificada como tal, de manera
permanente, por su naturaleza, cuando:
I. Se refiera a la información privada y los datos personales concernientes a una persona física o jurídico colectiva identificada
o identificable;
De igual manera, para facilitar la lectura y la comprensión de la presente
Recomendación se inserta un glosario con las principales claves utilizadas para las
personas relacionadas:
Clave
Significado
Q
Persona quejosa
V
Persona víctima
PR
Persona relacionada
SPR
Persona servidora pública relacionada
AR
Autoridad responsable
MPL
Mujer (es) privada (s) de la libertad
PPL
Persona (s) privada (s) de la libertad
Asimismo, en el presente documento se hace referencia a dependencias e
instancias de gobierno y fuentes normativas; a continuación, se presenta un cuadro
con siglas, acrónimos y abreviaturas utilizadas para facilitar la lectura y evitar su
constante repetición:
Clave
FGJEM
CPRS
DGPRS
CPEUM
SCJN
Corte IDH
CNDH
CIDH
I. GLOSARIO.
Para mejor entendimiento de esta Recomendación se entiende por:

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