Rechaza CEE remover comisionado

AutorPerla Martínez

La CEE determinó ayer en sesión extraordinaria que no tiene facultades legales para evaluar la remoción de Alejandro Medina Pérez, como lo solicitaron los partidos PAN, PRD, PT y Convergencia, sino que la decisión le corresponde al Congreso local.

Con cuatro votos a favor y la abstención de Medina Pérez, el organismo electoral argumentó que sólo puede evaluar el trabajo del comisionado instructor a partir del 26 de diciembre, fecha en que empezó a trabajar en el órgano electoral.

"La Ley Electoral nos establece en el Artículo 72 que sólo será causa de remoción cuando él en el ejercicio de su función desempeñe un acto grave de la Ley Electoral", expresó Eduardo Guerra Sepúlveda, presidente de la Comisión Estatal Electoral.

"Al no darse los supuestos estamos impedidos para conocer el detalle de tal evento y se concluye que le corresponde al Congreso porque él fue el que lo escogió y lógicamente la persona que...

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