Acuerdo por el que se establece el procedimiento para delimitar las áreas susceptibles de adjudicarse a través de asignaciones

EmisorSecretaría de Energía

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ACUERDO por el que se establece el procedimiento para delimitar las áreas susceptibles de adjudicarse a través de asignaciones. MARÍA DE LOURDES MELGAR PALACIOS, Subsecretaria de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía, con fundamento en el Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013; así como en los artículos 33, fracciones II y XV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2, Apartado B y 6, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y

CONSIDERANDO

Que en términos del Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, la Secretaría del ramo en materia de Energía, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, será la encargada de adjudicar a Petróleos Mexicanos las asignaciones a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de la Constitución;

Que la misma disposición establece que Petróleos Mexicanos deberá someter a consideración de la Secretaría arriba referida, la adjudicación de las áreas en exploración y los campos que estén en producción, que esté en capacidad de operar, a través de asignaciones; y que para llevar a cabo lo anterior, el organismo deberá acreditar que cuenta con las capacidades técnicas, financieras y de ejecución necesarias para explorar y extraer los hidrocarburos de forma eficiente y competitiva, y

Que para adjudicar las correspondientes asignaciones a Petróleos Mexicanos se requiere establecer el procedimiento para delimitar las áreas a ser otorgadas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA DELIMITAR LAS ÁREAS SUSCEPTIBLES DE ADJUDICARSE A TRAVÉS DE ASIGNACIONES

Capítulo Primero Objeto

Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer la metodología para delimitar las áreas en exploración y campos que estén en producción susceptibles de adjudicarse a través de asignaciones a Petróleos Mexicanos, con base en el procedimiento previsto en el Sexto Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013.

Capítulo Segundo Definiciones

Segundo.- Para los efectos derivados del presente Acuerdo se adoptará como marco de referencia el denominado ITRF08 época 2010.0, asociado con el elipsoide de referencia GRS80 y un estándar de exactitud posicional de 1 metro en círculo de error probable al 95% (CEP). Lo anterior, de conformidad a lo establecido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en las Normas Técnicas para el Sistema Geodésico Nacional y de Estándares de Exactitud Posicional. En caso de cambio de marco de referencia oficial deberá evaluarse la necesidad de actualizar las coordenadas que definen la retícula de referencia.

Tercero.- Para efectos del presente Acuerdo, sin perjuicio de su utilización en singular o plural, se entenderá por:

  1. Área: Sección elipsoidal de 3 grados de longitud por 2 grados de latitud, equivalente a la escala cartográfica de la división de conjunto de datos en la escala 1:500,000;

  2. Área de Asignación: La superficie y profundidad determinadas por la Secretaría de Energía, incluyendo las formaciones geológicas contenidas en la proyección vertical en dicha superficie para esa profundidad dada, en las que se realiza la Exploración y Extracción de Hidrocarburos a través de una Asignación;

  3. Asignación: El acto jurídico administrativo mediante el cual el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Energía, otorga exclusivamente a Petróleos Mexicanos el derecho para realizar actividades de Exploración y Extracción de Hidrocarburos en el Área de Asignación, por una duración específica;

  4. Bloque.- Sección elipsoidal de 30 segundos de longitud por 30 segundos de latitud que resulta de dividir en cuarenta y ocho zonas un Sector determinado consistente en la combinación de ocho columnas y seis renglones;

  5. Exploración: Actividad o conjunto de actividades que se valen de métodos directos e indirectos, incluyendo la perforación de pozos, encaminadas a la identificación, descubrimiento y...

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