Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la reanudación de la inhabilitación impuesta a la empresa Uniformes Precisos, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 13 Abril 2010 |
Fecha de publicación | 13 Abril 2010 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.- Area de Responsabilidades.- Expediente PE/02/2008. CIRCULAR No: 08/114/OIC/R/378/2010
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA REANUDACION DE LA INHABILITACION IMPUESTA A LA EMPRESA UNIFORMES PRECISOS, S.A. DE C.V., CON RFC UPR060310FG6.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., 8o. y 9o. primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 59 y 60, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 69 de su Reglamento; 3o. inciso "D" y 80, fracción I, numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero del proveído No. 08/114/OIC/R/377/10 dictado con esta fecha, a través del cual se acordó que el Juez del Decimosexto Juzgado de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en el juicio de garantías No. 1534/2008, resolvió que la Justicia de la Unión no ampara ni protege a la empresa Uniformes Precisos, S.A. de C.V., fallo que fue confirmado en la Revisión R.A. 62/2009 por el Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se comunica la reanudación total de los tres meses de inhabilitación que habían sido suspendidos, es decir, de los faltantes ochenta días por cumplir, mismos que continuarán surtiendo efectos a partir del día siguiente de la fecha en que sea publicada la presente circular en el DOF.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba