Acuerdo mediante el cual se realizan reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
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ACUERDO mediante el cual se realizan reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Junta Directiva.- SJD.-0339/99.
Lic. Socorro Díaz Palacios Directora General del Instituto Presente.
En sesión celebrada por la Junta Directiva el día de hoy, al tratarse lo relativo a las reformas al Estatuto Orgánico del Instituto, se tomó el siguiente:
ACUERDO 27.1252.99.- “La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 150 fracción IX, y 157 fracciones V y XVI de la Ley del ISSSTE, aprueba las reformas al Estatuto Orgánico, para quedar como sigue:
REFORMAS, ADICIONES Y DEROGACIONES AL ESTATUTO ORGANICO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Se reforman los artículos 3o., 46, 49, 51 A y 51 B; se adiciona con un segundo párrafo el artículo 24, y se derogan los artículos 48 y 50, para quedar de la siguiente manera:
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Subdirección General Médica
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Subdirección General de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales
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Subdirección General Jurídica y de Relaciones Laborales
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Subdirección General de Obras y Mantenimiento
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Subdirección General de Finanzas
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Subdirección General de Abasto y Servicios Generales
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Coordinación General de Comunicación Social
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Coordinación General de Delegaciones
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Coordinación General de Atención al Derechohabiente
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Para los efectos anteriores, el Director General podrá otorgar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial, así como sustituirlos y revocarlos.
La Subdirección General de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, tendrá las funciones siguientes:
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Planear, organizar, normar, coordinar, controlar y evaluar las actividades en materia del sistema integral de retiro; de seguridad, higiene, y medicina en el trabajo; del otorgamiento y recuperación de préstamos a corto y mediano plazo; de la afiliación y vigencia de derechos de los trabajadores, y del sistema de ahorro para el retiro de los trabajadores al servicio del Estado; la operación de sistemas de alimentación económica en el trabajo, de estancias para el bienestar y desarrollo infantil, de centros turísticos, de servicios funerarios, culturales, deportivos y recreativos para los derechohabientes del Instituto, así como de los talleres de terapia ocupacional para pensionados y jubilados; en el ámbito de su competencia;
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Conceder, negar, suspender, modificar o revocar las jubilaciones y pensiones en los términos de la Ley y resolver las inconformidades que se presenten en relación con las mismas;
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Aprobar las nóminas de pago de las jubilaciones y pensiones; aplicar los aumentos que para ellas determine la Junta; autorizar anticipos del 100% de la pensión probable en los casos previstos por la Ley, así como el pago de gastos de funerales de los pensionistas;
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Dictaminar las solicitudes y, en su caso, autorizar el pago de indemnizaciones globales, de acuerdo con las normas establecidas;
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Dictaminar los asuntos relativos a accidentes y enfermedades del trabajo, así como otorgar en su caso, pensiones o indemnizaciones derivadas de los mismos y otorgar los subsidios por enfermedades no profesionales;
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Coordinar el Programa de Servicios Integrales de Retiro a Jubilados y Pensionistas;
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Promover la integración y funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene de las dependencias y entidades sujetas al régimen de la Ley y de una Comisión Consultiva Nacional y de Comisiones Consultivas Estatales de Seguridad e Higiene del Sector Público Federal;
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Realizar estudios, investigaciones y estadísticas sobre accidentes y enfermedades del trabajo; sugerir en el ámbito de competencia del Instituto las medidas preventivas de seguridad e higiene en el trabajo y desarrollar en coordinación con la Subdirección General Médica las acciones inherentes a medicina del trabajo;
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Dar trámite a las solicitudes y, en su caso, autorizar los créditos a mediano plazo para la adquisición, por parte de los trabajadores o pensionistas sujetos al régimen de la Ley, de bienes de uso duradero, preferentemente los que tengan en venta los centros comerciales y las tiendas del Instituto;
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Dar trámite a las solicitudes y, en su caso, autorizar los créditos a corto plazo;
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Calcular el monto y plazo de los créditos a corto y mediano plazo, con base en las disposiciones que dicte la Junta;
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Organizar, diseñar, operar y controlar el sistema de registro y recuperación de adeudos por los créditos otorgados, en coordinación con la Subdirección General de Finanzas;
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Efectuar las gestiones administrativas necesarias para la aplicación oportuna de descuentos y/o recuperaciones de adeudos por concepto de créditos concedidos por el Instituto, así como la devolución de descuentos improcedentes;
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Organizar...
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