Acuerdo mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1580 al ciudadano Raúl Manuel Guerrero Lugo, para ejercer funciones con tal carácter ante la Aduana de Manzanillo como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del agente aduanal Benito Guerrero Herrera

Fecha de disposición25 Marzo 2009
Fecha de publicación25 Marzo 2009
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Regulación Aduanera. ACUERDO 800-02-00-00-00-2009-068

Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual el C. RAUL MANUEL GUERRERO LUGO solicita se le otorgue patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal BENITO GUERRERO HERRERA, titular de la patente número 557, con adscripción en la aduana de MANZANILLO, y autorización 3530 para actuar en las aduanas de MEXICO, VERACRUZ y LAZARO CARDENAS, y considerando que el C. RAUL MANUEL GUERRERO LUGO está autorizado como Agente Aduanal Sustituto mediante acuerdo 326-SAT-397 de fecha siete de julio del año dos mil cinco, por haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 159 de la Ley Aduanera, así también que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable del Agente Aduanal BENITO GUERRERO HERRERA a su patente, el Administrador Central de Regulación Aduanera, con fundamento en los artículos 9, penúltimo párrafo, 11, fracción IV, en relación con el 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y 144 fracciones XXI y XXXII, 163, fracción VII y 163-A de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1580 al C. RAUL MANUEL GUERRERO LUGO, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de MANZANILLO como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario del Agente Aduanal BENITO GUERRERO HERRERA, por lo cual, a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 557, así como la autorización 3530 que habían sido asignadas al citado Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que el C. RAUL MANUEL GUERRERO LUGO, va a actuar en las aduanas de MEXICO...

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