Acuerdo mediante el cual se ratifican todos los Acuerdos emitidos en el séptimo punto de la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Cabildo del 6 de octubre del año de 1999, relativos a la empresa “PROMECO, S.A. DE C.V.”, San Juan del Río, Qro.

10 de marzo del 2000 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 245
QUINTO.- Tomando en consideración que no
existe incremento en la superficie vendible, el Pro-
motor no deberá de cubrir cantidad alguna por este
concepto.
SEXTO.- En razón de la inspección física
realizada por el personal del Área de Supervisión
de Fraccionamientos de la Dirección de Desarrollo
Urbano y Vivienda de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Obras Públicas de Gobierno del Estado,
se constató que la Fase I de la Segunda Etapa “A”,
a la fecha tiene un 35.3% de avance en las Obras
de Urbanización, en tal virtud el Promotor deberá
enterar a la Secretaría de Planeación y Finanzas
del Estado, la siguiente cantidad:
SEGUNDA ETAPA “A” FASE I
DERECHOS POR SUPERVISIÓN
Presupuesto $2'164,476.83 X I.5% 32,467.15
25% Adicional 8,116.78
$ 40,583.93
(CUARENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y TRES PESOS 93/100 M.N.)
SEPTIMO.- Se autoriza la Venta Provisional
de Lotes de la Fase I, de la Segunda Etapa “A”,
siempre y cuando el Promotor deposite una fianza
expedida por una Afianzadora que tenga sus ofici-
nas en esta Ciudad, a favor de la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno
del Estado por la cantidad de $1’820,541.45 (UN
MILLÓN OCHOCIENTOS VEINTE MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 45/100
M.N.), la cual servirá para garantizar la ejecución y
conclusión de las obras de urbanización faltantes,
en un plazo no mayor de dos años contados a partir
de la última publicación del presente, por lo que
dicha fianza sólo será liberada bajo autorización
expresa y por escrito de esa Secretaría, siendo
necesario cubrir las primas correspondientes para
mantenerla vigente por el plazo mencionado.
OCTAVO.- El presente deberá publicarse por
dos ocasiones en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado “La Sombra de Arteaga” y en la Gaceta
Municipal.
NOVENO.- Cumplimentado lo anterior, de-
berá protocolizarse e inscribirse en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio.
DÉCIMO.- Comuníquese el presente a la Se-
cretaría de Gobierno del Estado, Secretaría de
Desarrollo Urbano y Obras Públicas de Gobierno
del Estado, Secretaría de Planeación y Finanzas
del Estado, Dirección de Catastro de Gobierno del
Estado, Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras
Públicas y Ecología del Municipio, Dirección del
Registro Público de la Propiedad y del Comercio,
Oficialía Mayor del Municipio, Delegación Dr. Félix
Osores Sotomayor y a COPROMOCIÓN Y
SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL BAJÍO, S. A. de
C. V., por conducto de su Director Regional, Ing.
Alejandro García Alcocer . . .”.
SE EXTIENDE LA PRESENTE COPIA
CERTIFICADA PARA LOS EFECTOS LEGALES
A QUE HAYA LUGAR, A LOS VEINTISÉIS DÍAS
DEL MES ENERO DEL DOS MIL, EN LA CIUDAD
DE SANTIAGO DE QUERÉTARO , QRO.-------------
-----------------------DOY FE.----------------------------------
LIC. RICARDO DEL RÍO TREJO,
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.
PRIMERA PUBLICACION

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