Acuerdo de la Mesa Directiva para la ratificación por parte del Senado de la República de los empleados superiores de Hacienda designados por el Ejecutivo Federal
Fecha de disposición | 06 Diciembre 2012 |
Fecha de publicación | 06 Diciembre 2012 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Emisor | CAMARA DE SENADORES |
Sección | PRIMERA. Poder Legislativo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México D.F.- Mesa Directiva.- Oficio No. DGPL-1P1A.-2907.
ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA PARA LA RATIFICACIÓN POR PARTE DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE LOS EMPLEADOS SUPERIORES DE HACIENDA DESIGNADOS POR EL EJECUTIVO FEDERAL.
PRIMERO.- Serán sujetos de ratificación los nombramientos que realice el Presidente de la República respecto de los siguientes empleados superiores de Hacienda:
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Subsecretario de Hacienda y Crédito Público;
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Subsecretario de Egresos;
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Subsecretario de Ingresos;
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Procurador Fiscal de la Federación;
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Tesorero de la Federación;
-
Jefe del Servicio de Administración Tributaria;
-
Administrador General de Recaudación;
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Administrador General de Auditoría Fiscal Federal;
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Administrador General de Aduanas;
-
Administrador General Jurídico;
-
Administrador General de Grandes Contribuyentes;
-
Jefe de Unidad de Crédito Público, y
-
Jefe de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.
SEGUNDO.- Los nombramientos que realice el Ejecutivo Federal deberán remitirse a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que elabore el dictamen correspondiente en un plazo no mayor de 30 días naturales.
TERCERO.- La Comisión de Hacienda y Crédito Público, directamente o a través del Pleno del Senado, podrá solicitar información adicional a cualquier autoridad o dependencia, así como a los propios empleados sujetos a ratificación, acerca de su desempeño profesional o académico.
CUARTO.- La aprobación ante el...
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