Resolución de registro respecto de la constitución, organización y funcionamiento de una Organización Nacional de Productores por Rama Especializada denominada Asociación Nacional de Criadores de Cérvidos de México

Fecha de disposición25 Noviembre 2009
Fecha de publicación25 Noviembre 2009
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.- Coordinación General Jurídica.- Dirección del Registro Nacional Agropecuario.- Departamento del Registro Nacional de Organizaciones Ganaderas.- Control Interno 47-412. Resolución 110.03.-GC109/08

Asunto: Se emite resolución de registro respecto de la constitución, organización y funcionamiento de una Organización Nacional de Productores por Rama Especializada.

Vistas las constancias que integran el expediente administrativo al rubro indicado, para dictar resolución respecto a la solicitud de registro sobre la constitución, organización y funcionamiento de la Organización Nacional de Productores por Rama Especializada "Asociación Nacional de Criadores de Cérvidos de México".

CONSIDERANDO:

UNICO.- Mediante escrito de fecha 3 de diciembre de 2007, recibido en esta unidad administrativa el 16 de enero de 2008 el Lic. Abraham García Marmolejo, entregó la documentación relativa a la constitución, organización y funcionamiento de la Organización Nacional de Productores por Rama Especializada "Asociación Nacional de Criadores de Cérvidos de México", para que se determine sobre la procedencia o no de su registro.

RESULTANDO:

UNICO.- Que el suscrito Director General del Registro Nacional Agropecuario dependiente de la Coordinación General Jurídica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, es competente para conocer y resolver sobre las solicitudes de registro en materia de organizaciones ganaderas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 3, 7, 11 y 13 de la Ley de Organizaciones Ganaderas; 1, 2 fracción XII, 59, 60, 61, 62, 70, 71, 76, 77, 78 y 79 de su Reglamento; 1, 2, 3, 10, 15 fracciones VII y VIII y 18 del Reglamento Interior de esta Dependencia del Ejecutivo Federal; 1, 2, 3, 9 y 10 fracciones II, III, V y VI del acuerdo mediante el cual se establece el Registro Nacional Agropecuario y se delegan facultades en favor de su titular, publicado el 23 de octubre de 2001, en el Diario Oficial de la Federación.

PRIMERO.- Que con la solicitud que se resuelve y las documentales que se acompañaron a la misma, consistentes en:

Þ Formato de Aviso Previo de Constitución de una Organización Ganadera: (SAGAR 02-002-MODALIDAD A);

Þ Formato de Inscripción de Acta Constitutiva; Estatutos y Padrón de Productores de una Asociación Ganadera Local; (SAGAR-02-002-MODALIDAD C);

Þ Formato de Padrón de Productores. Asociaciones Ganaderas Locales. (Se presentó un ejemplar de este formato por cada socio);

Þ Convocatoria;

Þ Acta de Asamblea;

Þ Lista de Asistencia;

Þ Estatutos; y

El Registro Nacional Agropecuario, con fundamento en el artículo 65 del Reglamento de la Ley de Organizaciones Ganaderas, integró el expediente administrativo ya mencionado.

SEGUNDO.- Que del estudio y análisis de las constancias que integran el expediente que se resuelve, el Registro Nacional Agropecuario considera que es procedente el registro solicitado, en virtud de las razones que enseguida se detallan:

  1. - El día 9 de julio de 2007, siendo las 11:00 horas, y reunidos en el domicilio de la calle César López Lara No. 3446 en...

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