Disposiciones en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, que se deberán observar durante el ejercicio fiscal 2002, en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Fecha de disposición28 Febrero 2002
Fecha de publicación28 Febrero 2002
EmisorCOMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Disposiciones en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, que se deberán observar durante el ejercicio fiscal 2002, en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

DISPOSICIONES EN MATERIA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA, QUE SE DEBERAN OBSERVAR DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2002, EN LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Con fundamento en lo dispuesto por el apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en cumplimiento del artículo 27 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2002, y

CONSIDERANDO

Que son propósitos fundamentales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contribuir al mejor ejercicio de su presupuesto aprobado y optimizar el gasto sin detrimento del logro de los programas y metas autorizados, en concordancia con las disposiciones señaladas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002, se expiden las siguientes:

DISPOSICIONES EN MATERIA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA, QUE SE DEBERAN OBSERVAR DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2002, EN LA COMISION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA. Las presentes Disposiciones tienen por objeto establecer las normas, criterios y bases generales en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria a que se refiere el título tercero, capítulo III Disposiciones de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestaria del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002, que deberán observar las Unidades Responsables de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, sin menoscabo de los principios de oportunidad y eficiencia que rigen el desempeño de la función pública.

SEGUNDA. Para los efectos de estas Disposiciones, se entenderá por:

  1. Comisión: a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos;

  2. Unidades Responsables: a las Unidades Responsables de la Comisión, establecidas en su Reglamento Interno;

  3. CGA: a la Coordinación General de Administración;

  4. Presupuesto de Egresos: al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002;

  5. Contraloría: a la Contraloría Interna de la Comisión.

    DISPOSICIONES ESPECIFICAS

    TERCERA. Las erogaciones que...

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