Acuerdo sobre las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el ejercicio fiscal del año 2000 en la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión

Fecha de disposición29 Febrero 2000
Fecha de publicación29 Febrero 2000
EmisorCAMARA DE SENADORES
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

ACUERDO sobre las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el ejercicio fiscal del año 2000 en la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.

ACUERDO SOBRE LAS DISPOSICIONES DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000 EN LA CAMARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE LA UNION.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 39 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, con fundamento en los artículos 99 y 110 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por Acuerdo de la Comisión de Administración de su sesión ordinaria del 20 de enero de 2000, la Secretaría General de Servicios Administrativos manifiesta:

PRIMERO.- Las unidades administrativas de la Cámara de Senadores deberán sujetarse a las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria contenidas en el presente, en las materias siguientes:

  1. Servicios personales;

  2. Alimentos y utensilios;

  3. Servicios de energía eléctrica;

  4. Servicios de agua potable;

  5. Materiales y útiles de administración;

  6. Combustibles, lubricantes y aditivos;

  7. Servicios telefónicos;

  8. Arrendamientos;

  9. Servicios de asesoría, estudios e investigaciones;

  10. Servicios informáticos;

  11. Mantenimiento, conservación e instalaciones;

  12. Difusión, información y publicaciones;

  13. Viáticos y pasajes;

  14. Equipo de transporte;

  15. Mobiliario y equipo de administración; y

  16. Bienes informáticos.

    SEGUNDO.- El Secretario General de Servicios Administrativos ordenará la integración de los programas para fomentar el ahorro a que se refiere el último párrafo del Artículo 39 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000 y someterlos a la autorización de la Comisión de Administración e informar a ésta y a la Contraloría Interna de los resultados obtenidos, con la periodicidad que las mismas establezcan.

    TERCERO.- La asignación y pago de remuneraciones se deberán realizar con apego a los tabuladores de sueldo y las prestaciones autorizadas por los órganos competentes de la Cámara de Senadores.

    CUARTO.- Conforme a lo establecido en el Artículo 54 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2000, no podrá cubrirse ningún pago, estímulo o...

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