Tesis nº VII-TASR-CEI-18 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2012

Número de resoluciónVII-TASR-CEI-18
Fecha de publicación01 Octubre 2012
Fecha01 Octubre 2012
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 141
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación establece los supuestos en los cuales el plazo para concluir las visitas domiciliarias o revisiones de escritorio queda suspendido, habida cuenta que las autoridades fiscales, al actualizarse los supuestos de mérito, se encuentran impedidas para continuar con las revisiones que iniciaron, como lo son, entre otros casos, el estallamiento de una huelga, el fallecimiento del contribuyente, su desaparición del domicilio fiscal sin previo aviso o el hecho de que no exhiba documentación e información a solicitud de la autoridad hacendaria. En este último caso, si de autos se desprende que el órgano fiscalizador requirió a la contribuyente revisada para que exhibiera datos, información y documentación para el ejercicio de las atribuciones comprobatorias, otorgándole para ello los plazos del artículo 53 del Código Fiscal de la Federación, y posteriormente, no comparece dentro del plazo que ella misma concedió para tales efectos, queda claro que para que se actualice el supuesto suspensional a que hace alusión la autoridad, no basta con que la parte actora no hubiera aportado la información y documentación...

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