Tesis nº VII-J-SS-33 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2012

Número de resoluciónVII-J-SS-33
Fecha de publicación01 Marzo 2012
Fecha01 Marzo 2012
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 8. Marzo 2012. p. 34
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

A través de la reforma sufrida por los artículos 237 y 239 del Código Fiscal de la Federación, se dotó a este Tribunal de facultades de plena jurisdicción, transformándolo de un órgano de naturaleza meramente anulatoria, en un Órgano sustitutorio o definitorio de los derechos de las partes contendientes; por tanto, tratándose de la declaratoria de nulidad lisa y llana de un oficio rescisorio de un contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado, dada la naturaleza jurídica de la propia rescisión y el deber jurídico de determinar en qué circunstancias se encuentra la ejecución del contrato, y restablecer materialmente la legalidad en la etapa de realización en que ésta se encuentre, es que no puede considerarse que la nulidad lisa y llana determinada signifique que la autoridad no está obligada a actuar de modo alguno, sin tener en cuenta...

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