Tesis nº VII-P-2aS-81 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2012

Número de resoluciónVII-P-2aS-81
Fecha de publicación01 Marzo 2012
Fecha01 Marzo 2012
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 8. Marzo 2012. p. 272
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Interpretado armónicamente el último párrafo del artículo 34, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se tiene que, el legislador estableció la presunción del domicilio fiscal del promovente del juicio contencioso administrativo, debiéndose tener como tal el señalado en el escrito de demanda, quedando a cargo de la autoridad la prueba en contrario. De donde se sigue, que no basta la simple negación que al respecto realice la autoridad, dado que se encuentra obligada a aportar la prueba idónea, para...

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