Tesis nº VII-P-2aS-99 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2012

Número de resoluciónVII-P-2aS-99
Fecha de publicación01 Mayo 2012
Fecha01 Mayo 2012
MateriaLEY ADUANERA
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 244
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

En el caso de que el procedimiento aduanero no inicie con motivo de irregularidades detectadas en el primer o segundo reconocimiento aduanero o en la verificación de mercancías en transporte o en la revisión (en el despacho aduanero) de la documentación anexa al pedimento, sino con la revisión de esa documentación efectuada con posterioridad al despacho aduanero en la oficina de la autoridad aduanera, no...

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