Tesis nº VII-P-SS-40 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2012

Número de resoluciónVII-P-SS-40
Fecha de publicación01 Mayo 2012
Fecha01 Mayo 2012
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 10. Mayo 2012. p. 95
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la voluntad para promover el juicio contencioso administrativo es un principio fundamental de la parte agraviada, y puede también válidamente desistirse en cualquier momento; principio que no puede alcanzar su objetivo cuando se ha emitido sentencia ejecutoria del Poder Judicial de la Federación antes que el demandante exprese su voluntad de desistirse, ya que existe la obligación del órgano...

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