Tesis nº III-PS-II-127 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 1997

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaRENTA
Fecha01 Noviembre 1997
Fecha de publicación01 Noviembre 1997
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año X. No. 119. Noviembre 1997. p. 200
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-PS-II-127

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

RENTA

III-PS-II-127

PAGOS PROVISIONALES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- SU DISMINUCIN.-

De acuerdo con lo previsto por los artículos 12-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 8º de su Reglamento, textos vigentes para 1995 el legislador estableció la posibilidad de disminuir el importe de los pagos provisionales, a fin de que éstos mantengan la proporción con el impuesto definitivo, cuando los contribuyentes estimen justificadamente que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinarlos, sea superior al coeficiente de utilidad que tendrán en el ejercicio al cual corresponden los pagos provisionales, siempre que obtengan la autorización respectiva y hayan presentado la solicitud a más tardar el día 15 del primer mes del período por el que se solicita la disminución. Por tanto, si se cumplen estos requisitos, la autoridad deberá autorizar su disminución, no siendo obstáculo el hecho de que considere que la justificación dada por el contribuyente no fue real y convincente por no haberse esperado a la conclusión del período para la...

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