Tesis nº III-PSR-III-76 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1994

JuezPrecedente, Tercera Sala Regional Metropolitana
MateriaSEGURO SOCIAL,Derecho Fiscal
Fecha01 Enero 1994
Fecha de publicación01 Enero 1994
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año VII. No. 73. Enero 1994. p. 25
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-PSR-III-76

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

SEGURO SOCIAL

III-PSR-III-76

RELACION LABORAL.-LA NEGATIVA LISA Y LLANA DE LA MISMA PUEDE HACERSE VALER EN EL RECURSO DE INCONFORMIDAD, SIN HABERSE FORMULADO PREVIAMENTE LAS ACLARACIONES A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 16,17,19 Y 20 DEL REGLAMENTO PARA EL PAGO DE CUOTAS Y CONTRIBUCIONES DEL REGIMEN DEL SEGURO SOCIAL.-

Los artculos 16, 17, 19, 20 y 21 del Reglamento para el Pago de Cuotas y Contribuciones del Régimen del Seguro Social, prevén un procedimiento que culmina con una liquidación definitiva de cuotas obrero patronales, estableciendo la posibilidad de formular "aclaraciones" en relación con requerimientos y liquidaciones provisionales, anteriores a la emisión de la liquidación definitiva. Sin embargo, el hecho de que no se hayan formulado las referidas "aclaraciones", previamente a la emisión de la liquidación definitiva, no impide que en el recurso de inconformidad se haga valer dicha negativa de la relación laboral y, en tal caso, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 68 del Código Fiscal de la Federación y 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, el Instituto se encuentra...

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