Tesis nº III-PSS-334 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 1994

JuezPrecedente, Pleno
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
 (ACTOS DE INVESTIGACION)
Fecha01 Marzo 1994
Fecha de publicación01 Marzo 1994
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año VII. No. 75. Marzo 1994. p. 20
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-PSS-334

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

(ACTOS DE INVESTIGACION)

III-PSS-334

IDENTIFICACION DE VISITADORES.- DEBE QUEDAR DEBIDAMENTE CIRCUNSTANCIADA EN EL ACTA INICIAL DE LA VISITA.-

Para estimar que se cumple con el requisito de debida I. de los visitadores regulada en la fracción III del artículo 44 del Código Fiscal de la Federación, es necesario se asiente en el acta inicial de la visita, la fecha del documento identificatorio para precisar su vigencia, así como nombre y cargo del funcionario que lo expide, el cargo que ostenta el visitador actuante para acreditar su personalidad y el nombre de la dependencia a la cual está adscrita para acreditar su representación. De faltar alguno de estos requisitos en el acta, no podrá tenerse por acreditada la legal actuación de los visitadores...

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