Tesis nº III-PSR-X-10 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 1988

JuezPrecedente, Primera Sala Regional Occidente
MateriaISSSTE,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 1988
Fecha de publicación01 Septiembre 1988
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año I. No. 9. Septiembre 1988. p. 65
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-PSR-X-10

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

ISSSTE

III-PSR-X-10

PENSION POR JUBILACION.- EL CALCULO DEL MONTO DE LA MISMA DEBE EFECTUARSE EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 64 DE LA LEY DEL ISSSTE.-

De conformidad con el artculo 64 de la Ley de la materia, para calcular el monto de las cantidades que corresponden a los derechohabientes por diversas pensiones, entre ellas, la de jubilación, se debe tomar en cuenta el promedio del sueldo básico disfrutado en el último año inmediato anterior a la fecha de la baja del trabajador o de su fallecimiento; por tanto, resulta contrario a derecho que para su otorgamiento se tomen como base...

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