Tesis nº III-TASS-I-20 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 1998

JuezAislada, Primera Sección
MateriaPROCESAL
 (PRUEBAS),Derecho Fiscal
Fecha01 Mayo 1998
Fecha de publicación01 Mayo 1998
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año XI. No. 125. Mayo 1998. p. 239
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-TASS-I-20

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCESAL

(PRUEBAS)

III-TASS-I-20

OMISIN DE PRUEBAS.- APLICACIÓN SUPLETORIA DEL ARTÍCULO 79 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.-

En términos del artículo 79 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al procedimiento contencioso administrativo federal, de conformidad con el artículo 197 del Código Fiscal de la Federación, el juzgador puede hacerse de cualquier cosa o documento que lo lleve a conocer la verdad a fin de resolver con apego a derecho la litis; razón jurídica por la cual la Sala del conocimiento para emitir su fallo puede tomar en consideración un documento aun cuando no hubiere sido aportado por ninguna de las partes, pero del cual reconozcan su existencia y acepten su contenido, si el órgano juzgador lo estima necesario para resolver la cuestión efectivamente planteada, máxime cuando el documento en cuestión se traduce en un hecho notorio, acorde a lo previsto por el artículo 237 del invocado Código Fiscal. (1)

Recurso de Apelación No. 100(A)-I-1184/96/3056/96.- Resuelto por la...

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