Tesis nº III-PSS-18 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 1989

JuezPrecedente, Pleno
MateriaADUANAL,Derecho Fiscal
Fecha01 Octubre 1989
Fecha de publicación01 Octubre 1989
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año II. No. 22. Octubre 1989. p. 12
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-PSS-18

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

ADUANAL

III-PSS-18

CONTRABANDO CUANDO SE COMETE LA INFRACCION.-

En los trminos del artículo 127, fracción II, de la Ley Aduanera se comete la infracción de contrabando cuando se introduzcan al país o se extraiga de él mercancías sin permiso de la autoridad competente; por otro lado el artículo 29 de la Ley en comento establece que presentado el pedimento la autoridad aduanera procederá en presencia del solicitante, a efectuar el reconocimiento aduanero de las mercancías en el recinto fiscal, por tanto si dicho reconocimiento no se lleva a cabo y la mercancía materia de la...

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