Tesis nº III-PSS-88 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 1991

JuezPrecedente, Pleno
MateriaRENTA
Fecha01 Julio 1991
Fecha de publicación01 Julio 1991
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año IV. No. 42. Julio 1991. p. 31
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-PSS-88

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

RENTA

III-PSS-88

DESTRUCCION O DONACION DE MERCANCIAS QUE HUBIEREN PERDIDO SU VALOR.- DATOS QUE DEBE CONTENER EL AVISO.-

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 61 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente a partir del 16 de julio de 1988, se establecía que los contribuyentes que pretendieran destruir o donar mercancías que hubieren perdido su valor por deterioro u otras causas, deberían presentar un aviso ante la autoridad administradora correspondiente, en el cual señale el día, la hora hábil y el lugar en que se efectuarían tales acciones. Ahora bien, si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aprobó la forma oficial HISR-25 para que se diera este aviso, pero en ésta se contiene un apartado denominado "Datos del Corredor Público...

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