Tesis nº III-TASS-74 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 1988

JuezAislada, Sala
MateriaPROTECCION AL CONSUMIDOR
Fecha01 Febrero 1988
Fecha de publicación01 Febrero 1988
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año I. No. 2. Febrero 1988. p. 10
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-TASS-74

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROTECCION AL CONSUMIDOR

III-TASS-74

TARIFAS QUE DEBEN APLICARSE TRATANDOSE DE CONTRATOS DE TRANSPORTE AEREO.-

En el supuesto de que se acreditara la autorizacin de un aumento o modificación de tarifas aéreas, éstas no pueden aplicarse retroactivamente a los actos jurídicos celebrados con anterioridad al momento en que inician su vigencia, de tal manera que si el usuario celebró contrato de transportación con el prestador del servicio, en una determinada fecha, significa que en esa fecha debe aplicarse la tarifa existente y no en una posterior, pues el hecho de que el vuelo a que se refiere dicho contrato se haya realizado con posterioridad, no significa que se perfeccionase hasta entonces...

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