Tesis nº III-TASS-1852 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 1990

JuezAislada, Sala
MateriaSEGURO SOCIAL
Fecha01 Agosto 1990
Fecha de publicación01 Agosto 1990
LocalizadorR.T.F.F. Tercera Epoca. Año III. No. 32. Agosto 1990. p. 30
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIII-TASS-1852

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

SEGURO SOCIAL

III-TASS-1852

INSPECCION JUDICIAL.- SU DESAHOGO.-

Cuando el patrn ofrece dicha probanza en el recurso de inconformidad, y la misma, es admitida por el Consejo Consultivo correspondiente, por estar prevista por el artículo 12 del Reglamento del Artículo 274 de la Ley del Seguro Social, se debe proveer su desahogo, de conformidad con lo dispuesto al respecto por el Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria por disposición expresa del artículo lo. del Reglamento citado; en consecuencia, si se pretende tener por desahogada esa probanza con un simple informe de los auditores que no cumple con los requisitos previstos...

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