Tesis nº VI-TASR-XXXVII-13 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2008

JuezAislada, Tercera Sala Regional del Norte Centro II
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 2008
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 9. Septiembre 2008. p. 488
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-TASR-XXXVII-13

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VI-TASR-XXXVII-13

ACTOS DE FISCALIZACIÓN SOBRE MISMOS HECHOS Y EJERCICIO FISCAL.- CONSTITUYEN FACULTADES DISCRECIONALES EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 42 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.-

Las facultades a que se refiere el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, son facultades discrecionales, por lo que no existe violación alguna en contra de la accionante del juicio si anteriormente a la visita domiciliaria practicada a esta última, la autoridad fiscalizadora había ejercido la facultad prevista en la fracción IV, relativa a la revisión de dictamen formulado por contador público sobre los estados financieros de la contribuyente por el mismo ejercicio, pues dicha actuación no conlleva a ninguna ilegalidad en la resolución determinante con que culminó la visita domiciliaria al particular, ya que en ningún momento se llevó a cabo determinación o liquidación alguna de adeudo fiscal a su cargo con motivo de aquella facultad ejercida respecto del...

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