Tesis nº VI-P-2aS-47 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2008

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Junio 2008
Fecha de publicación01 Junio 2008
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 6. Junio 2008. p. 199
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-P-2aS-47

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VI-P-2aS-47

ALCANCE DE LA SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD LISA Y LLANA DE LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINA CRÉDITOS FISCALES AL DELEGADO DE LA SINDICATURA DE QUIEBRAS. NO BENEFICIA AL ÓRGANO DE LA SINDICATURA POR SER ÉSTE EL RESPONSABLE SOLIDARIO.-

Cuando el juicio contencioso administrativo se promueva ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa por una persona física a nombre propio y derivado de la responsabilidad solidaria que se le pretenda atribuir en materia fiscal por su designación como delegado del síndico de la quiebra de una empresa contribuyente y se declare la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada que le determinó dicha responsabilidad solidaria, derivada de la indebida fundamentación de la resolución que contravino el artículo 26, fracción III del Código Fiscal de la Federación, el cual sólo considera al síndico y no a sus delegados como responsable solidario, pues la declaratoria de nulidad que se pronuncié sólo tendrá efectos para el delegado quien actúa a nombre propio y no para el síndico. Lo anterior en virtud de que precisamente la ilegalidad de la resolución determinante del crédito deriva por haber considerado al delegado como responsable solidario y no al síndico señalado por el Legislador Federal; razón...

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