Tesis nº VI-P-1aS-30 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2008

JuezPrecedente, Primera Sección
MateriaLEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL 
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Fecha01 Junio 2008
Fecha de publicación01 Junio 2008
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 6. Junio 2008. p. 79
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-P-1aS-30

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY ORGNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

VI-P-1aS-30

COMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO DE LAS SALAS REGIONALES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, CONFORME A SU LEY ORGÁNICA VIGENTE A PARTIR DEL 7 DE DICIEMBRE DE 2007.-

En términos de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, vigente a partir del 7 de diciembre de 2007, para determinar la Sala competente de este Tribunal, que deba conocer del juicio por razón de territorio, debe atenderse al domicilio fiscal del demandante, por lo que de contarse en autos con los elementos suficientes para determinar dónde se encuentra ese domicilio, será competente la Sala dentro de cuya jurisdicción se localice el domicilio fiscal del actor, conforme lo establece el primer párrafo del precepto legal en comento, luego entonces, sólo sería aplicable el último de los párrafos de dicho...

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