Tesis nº VI-P-2aS-177 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2009

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaLEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL 
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Fecha01 Abril 2009
Fecha de publicación01 Abril 2009
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año II. No. 16. Abril 2009. p. 233
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-P-2aS-177

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY ORGNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

VI-P-2aS-177

COMPETENCIA TERRITORIAL DE LAS SALAS REGIONALES. SE DETERMINA ATENDIENDO A LAS NORMAS VIGENTES EN LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA.-

La Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en vigor hasta el 6 de diciembre de 2007, en su artículo 31, establecía que la competencia territorial de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se determinaría atendiendo a la sede de la autoridad emisora de la resolución impugnada; sin embargo, con fecha 7 del mes y año en comento, entró en vigor la Ley Orgánica de este Órgano Colegiado, previendo en su artículo 34 que, para establecer la referida competencia territorial, se hará tomando en consideración la ubicación del domicilio fiscal del demandante. Por tanto, en congruencia con la jurisprudencia V-J-SS-41, sustentada por el Pleno de la Sala Superior de este Tribunal, cuyo rubro indica: "INCIDENTE DE INCOMPETENCIA TERRITORIAL. DEBE RESOLVERSE CON BASE EN LAS DISPOSICIONES VIGENTES AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA.", las Salas Regionales para determinar si son competentes en relación al juicio contencioso administrativo puesto a su consideración, deberán estar a las disposiciones vigentes, en la fecha en que se haya presentado la demanda y no en la fecha en que se emita el acuerdo correspondiente. (24)

Incidente de Incompetencia Núm. 1602/08-11-02-3/978/08-S2-07-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 29 de enero de 2009, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: S.E.D.V..- Secretaria: L.. A.D.J..

(Tesis aprobada en sesión de 29 de enero de 2009) EN EL MISMO SENTIDO: VI-P-2aS-178 Incidente de Incompetencia: 24185/08-17-06-7/8630/08-11-02-7/1975/08-S2-07-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 29 de...

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